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Document 62021CA0231

Asunto C-231/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 31 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — IA / Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Sistema de Dublín — Reglamento (UE) n.° 604/2013 — Artículo 29, apartado 2 — Traslado del solicitante de asilo al Estado miembro responsable del examen de la solicitud de protección internacional — Plazo de traslado de seis meses — Posibilidad de ampliación de dicho plazo hasta un máximo de un año en caso de pena de prisión — Concepto de «pena de prisión» — Internamiento involuntario del solicitante de asilo en el servicio psiquiátrico de un hospital con la autorización de un juez]

DO C 207 de 23.5.2022, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

23.5.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 207/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 31 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — IA / Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

(Asunto C-231/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Sistema de Dublín - Reglamento (UE) n.o 604/2013 - Artículo 29, apartado 2 - Traslado del solicitante de asilo al Estado miembro responsable del examen de la solicitud de protección internacional - Plazo de traslado de seis meses - Posibilidad de ampliación de dicho plazo hasta un máximo de un año en caso de pena de prisión - Concepto de «pena de prisión» - Internamiento involuntario del solicitante de asilo en el servicio psiquiátrico de un hospital con la autorización de un juez)

(2022/C 207/08)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: IA

Recurrida: Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

Fallo

El artículo 29, apartado 2, segunda frase, del Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «pena de prisión» que se menciona en dicha disposición no es aplicable al internamiento involuntario de un solicitante de asilo en un servicio psiquiátrico hospitalario, con autorización judicial, con motivo de que dicha persona, a causa de una enfermedad psíquica, constituye un peligro manifiesto para sí misma o para la sociedad.


(1)  DO C 242 de 21.6.2021.


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