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Document 62019TN0790

    Asunto T-790/19: Recurso interpuesto el 13 de noviembre de 2019 — Novolipetsk Steel/Comisión

    DO C 10 de 13.1.2020, p. 49–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    13.1.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 10/49


    Recurso interpuesto el 13 de noviembre de 2019 — Novolipetsk Steel/Comisión

    (Asunto T-790/19)

    (2020/C 10/60)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Novolipetsk Steel PAO (Lipetsk, Rusia) (representantes: P. Vander Schueren y E. Gergondet, abogados)

    Demandada: Comisión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1382 de la Comisión, (1) en la medida en que resulta aplicable a la demandante.

    Mantenga en vigor los efectos del Reglamento impugnado hasta que la demandada adopte las medidas necesarias para ejecutar la sentencia del Tribunal General, de conformidad con el artículo 264 TFUE, párrafo segundo.

    Condene a la demandada a cargar con las costas en las que haya incurrido la demandante en relación con el presente procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en que la demandada carecía de competencia e infringió el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/477 («Reglamento sobre el efecto combinado») (2) y el artículo 9, apartado 5, del Reglamento (UE) 2016/1036 («Reglamento antidumping de base»), (3) al imponer distintos niveles de derechos antidumping, dependiendo de si se habían agotado o no los contingentes establecidos en el marco de las medidas de salvaguardia.

    2.

    Segundo motivo, basado en que la demandada incurrió en un error manifiesto de apreciación e infringió el artículo 1, apartado 1, del Reglamento sobre el efecto combinado y el artículo 9, apartado 5, del Reglamento antidumping de base al modificar únicamente las medidas antidumping una vez que se habían agotado los contingentes establecidos en el marco de las medidas de salvaguardia.


    (1)  Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1382 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2019, que modifica determinados Reglamentos por los que se imponen medidas antidumping o antisubvenciones sobre determinados productos siderúrgicos sujetos a medidas de salvaguardia (DO 2019, L 227, p. 1).

    (2)  Reglamento (UE) 2015/477 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, sobre las medidas que podrá tomar la Unión en relación con el efecto combinado de las medidas antidumping o antisubvenciones y las medidas de salvaguardia (DO 2015, L 83, p. 11).

    (3)  Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016 relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (versión codificada) (DO 2016, L 176, p. 21).


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