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Document 62019CN0439

    Asunto C-439/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Satversmes tiesa (Letonia) el 11 de junio de 2019 — B/Latvijas Republikas Saeima

    DO C 280 de 19.8.2019, p. 25–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.8.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 280/25


    Petición de decisión prejudicial planteada por la Satversmes tiesa (Letonia) el 11 de junio de 2019 — B/Latvijas Republikas Saeima

    (Asunto C-439/19)

    (2019/C 280/34)

    Lengua de procedimiento: letón

    Órgano jurisdiccional remitente

    Satversmes tiesa

    Partes en el procedimiento principal

    Solicitante: B

    Órgano autor del acto cuya constitucionalidad se discute: Latvijas Republikas Saeima

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe interpretarse el concepto de «tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas», utilizado en el artículo 10 del Reglamento n.o 2016/679, (1) en el sentido de que comprende el tratamiento de información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores previsto en la norma controvertida?

    2)

    Con independencia de la respuesta a la primera cuestión, ¿puede interpretarse lo dispuesto en el Reglamento n.o 2016/679, en particular el principio de «integridad y confidencialidad» enunciado en su artículo 5, apartado 1, letra f), en el sentido de que prohíbe a los Estados miembros establecer que la información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores sea accesible al público y permitir el tratamiento de los datos correspondientes mediante su comunicación?

    3)

    ¿Deben interpretarse los considerandos 50 y 154, los artículos 5, apartado 1, letra b), y 10 del Reglamento n.o 2016/679 y el artículo 1, apartado 2, letra c quater), de la Directiva 2003/98/CE (2) en el sentido de que se oponen a una normativa de un Estado miembro que permite la transmisión de la información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores a efectos de su reutilización?

    4)

    En caso de que se responda afirmativamente a alguna de las cuestiones anteriores, ¿deben interpretarse el principio de primacía del Derecho de la Unión y el principio de seguridad jurídica en el sentido de que podría estar permitido aplicar la norma controvertida y mantener sus efectos jurídicos hasta que la resolución definitiva que adopte el Tribunal Constitucional adquiera firmeza?


    (1)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).

    (2)  Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público (DO 2003, L 345, p. 90).


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