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Document 62017TN0600
Case T-600/17: Action brought on 4 September 2017 — Remolcadores Nosa Terra and Others v Commission and SRB
Asunto T-600/17: Recurso interpuesto el 4 de septiembre de 2017 — Remolcadores Nosa Terra y otros/Comisión y JUR
Asunto T-600/17: Recurso interpuesto el 4 de septiembre de 2017 — Remolcadores Nosa Terra y otros/Comisión y JUR
DO C 382 de 13.11.2017, p. 48–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 382/48 |
Recurso interpuesto el 4 de septiembre de 2017 — Remolcadores Nosa Terra y otros/Comisión y JUR
(Asunto T-600/17)
(2017/C 382/60)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandantes: Remolcadores Nosa Terra, SA (Vigo, España), Grupo Nosa Terra 2000, SLU (Vigo), Hospital Povisa, SA (Vigo) e Industrias Lácteas Asturianas, SA (Madrid, España) (representante: J. Otero Novas, abogado)
Demandadas: Comisión Europea y Junta Única de Resolución
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
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Anule el acuerdo de la Comisión que aprueba la previa Decisión de la Junta Única de Resolución, de la misma fecha, por la cual se establece el Sistema de Resolución de la entidad Banco Popular Español, acuerdo desarrollado en España por el FROB, en cuanto que aclara un abono de cero euros por los derechos de las demandantes en el Banco Popular. |
Motivos y principales alegaciones
Los motivos y principales alegaciones son similares a los alegados en los asunto T-478/17, Mutualidad de la Abogacía y Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores y Químicos/Junta Única de Resolución, T-481/17, Fundación Tatiana Pérez de Guzmán y Bueno y SFL/Junta Única de Resolución, T-482/17, Comercial Vascongada Recalde/Comisión y Junta Única de Resolución, T-483/17, García Suárez y otros/Comisión y Junta Única de Resolución, T-484/17, Fidesban y otros/Junta Única de Resolución, T-497/17, Sánchez del Valle y Calatrava Real State 2015/Comisión y Junta Única de Resolución, y T-498/17, Pablo Álvarez de Linera Granda/Comisión y Junta Única de Resolución.