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Document 62015TA0185
Case T-185/15: Judgment of the General Court of 11 July 2018 — Buonotourist v Commission (State aid — Undertaking operating networks of bus routes in the Regione Campania — Advantage — Service of general economic interest — Compensation for tariff obligations as a result of public service obligations, paid following a decision of a court ruling at final instance — Decision declaring the aid incompatible with the internal market — Existing aid and new aid — Regulation (EEC) No 1191/69 — Conditions for exemption from the requirement for notification — Article 4(5) and Article 7(6) of Regulation (EC) No 659/99 — Respective jurisdictions of the Commission and the national courts in respect of the monitoring of State aid — Force of res judicata of a judgment of a higher national court — Temporal application of the rules of substantive law — Legitimate expectations — Legal certainty)
Asunto T-185/15: Sentencia del Tribunal General de 11 de julio de 2018 — Buonotourist/Comisión [«Ayudas de Estado — Empresa que explota rutas en autobús en la región de Campania — Ventaja — Servicio de interés económico general — Compensación tarifaria por obligaciones de servicio público abonada a raíz de una decisión de un órgano jurisdiccional que resuelve en última instancia — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Reglamento (CEE) n.° 1191/69 — Requisitos de exención de la obligación de notificación — Artículo 4, apartado 5, y artículo 7, apartado 6, del Reglamento (CE) n.° 659/99 — Competencias respectivas de la Comisión y de los órganos jurisdiccionales nacionales en materia de control de las ayudas de Estado — Fuerza de cosa juzgada de una sentencia de un órgano jurisdiccional nacional superior — Aplicación temporal de las normas de Derecho sustantivo — Confianza legítima — Seguridad jurídica»]
Asunto T-185/15: Sentencia del Tribunal General de 11 de julio de 2018 — Buonotourist/Comisión [«Ayudas de Estado — Empresa que explota rutas en autobús en la región de Campania — Ventaja — Servicio de interés económico general — Compensación tarifaria por obligaciones de servicio público abonada a raíz de una decisión de un órgano jurisdiccional que resuelve en última instancia — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Reglamento (CEE) n.° 1191/69 — Requisitos de exención de la obligación de notificación — Artículo 4, apartado 5, y artículo 7, apartado 6, del Reglamento (CE) n.° 659/99 — Competencias respectivas de la Comisión y de los órganos jurisdiccionales nacionales en materia de control de las ayudas de Estado — Fuerza de cosa juzgada de una sentencia de un órgano jurisdiccional nacional superior — Aplicación temporal de las normas de Derecho sustantivo — Confianza legítima — Seguridad jurídica»]
DO C 301 de 27.8.2018, p. 24–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.8.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 301/24 |
Sentencia del Tribunal General de 11 de julio de 2018 — Buonotourist/Comisión
(Asunto T-185/15) (1)
([«Ayudas de Estado - Empresa que explota rutas en autobús en la región de Campania - Ventaja - Servicio de interés económico general - Compensación tarifaria por obligaciones de servicio público abonada a raíz de una decisión de un órgano jurisdiccional que resuelve en última instancia - Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior - Ayudas existentes y ayudas nuevas - Reglamento (CEE) n.o 1191/69 - Requisitos de exención de la obligación de notificación - Artículo 4, apartado 5, y artículo 7, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 659/99 - Competencias respectivas de la Comisión y de los órganos jurisdiccionales nacionales en materia de control de las ayudas de Estado - Fuerza de cosa juzgada de una sentencia de un órgano jurisdiccional nacional superior - Aplicación temporal de las normas de Derecho sustantivo - Confianza legítima - Seguridad jurídica»])
(2018/C 301/31)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Buonotourist Srl (Castel San Giorgio, Italia) (representantes: G. Capo y L. Visone, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Armati, G. Conte y P.-J. Loewenthal, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Associazione Nazionale Autotrasporto Viaggiatori (ANAV) (Roma, Italia) (representante: M. Malena, abogado)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (UE) 2015/1075 de la Comisión, de 19 de enero de 2015, relativa a la ayuda estatal SA.35843 (2014/C) (ex 2012/NN) ejecutada por Italia — Compensación adicional por obligaciones de servicio público en favor de Buonotourist (DO 2015, L 179, p. 128).
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar a Buonotourist Srl a cargar, además de con sus propias costas, con las costas de la Comisión Europea. |
3) |
Associazione Nazionale Autotrasporto Viaggiatori (ANAV) cargará con sus propias costas. |