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Document 62015CG0003

    Dictamen 3/15: Dictamen del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 14 de febrero de 2017 — Comisión Europea [Dictamen emitido con arreglo al artículo 218 TFUE, apartado 11 — Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso — Artículo 3 TFUE — Competencia externa exclusiva de la Unión Europea — Artículo 207 TFUE — Política comercial común — Aspectos comerciales de la propiedad intelectual e industrial — Acuerdo internacional que puede afectar a normas comunes de la Unión o alterar el alcance de las mismas — Directiva 2001/29/CE — Artículo 5, apartados 3, letra b), y 4 — Excepciones y limitaciones en beneficio de personas con minusvalías]

    DO C 112 de 10.4.2017, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.4.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 112/3


    Dictamen del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 14 de febrero de 2017 — Comisión Europea

    (Dictamen 3/15) (1)

    ([Dictamen emitido con arreglo al artículo 218 TFUE, apartado 11 - Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso - Artículo 3 TFUE - Competencia externa exclusiva de la Unión Europea - Artículo 207 TFUE - Política comercial común - Aspectos comerciales de la propiedad intelectual e industrial - Acuerdo internacional que puede afectar a normas comunes de la Unión o alterar el alcance de las mismas - Directiva 2001/29/CE - Artículo 5, apartados 3, letra b), y 4 - Excepciones y limitaciones en beneficio de personas con minusvalías])

    (2017/C 112/04)

    Lengua de procedimiento: todas las lenguas oficiales

    Parte solicitante

    Comisión Europea (representantes: B. Hartmann, F. Castillo de la Torre y J. Samnadda, agentes)

    Fallo

    La celebración del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso es competencia exclusiva de la Unión Europea.


    (1)  DO C 311 de 21.9.2015.


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