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Document 62013TB0223

    Asunto T-223/13: Auto del Tribunal General de 7 de julio de 2014 — Cofresco Frischhalteprodukte/Comisión ( «Recurso de anulación — Medio ambiente — Directiva 94/62/CE — Envases y residuos de envases — Directiva 2013/2/UE — Rollos, tubos y cilindros alrededor de los cuales se enrolla un material flexible — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad» )

    DO C 315 de 15.9.2014, p. 52–52 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.9.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 315/52


    Auto del Tribunal General de 7 de julio de 2014 — Cofresco Frischhalteprodukte/Comisión

    (Asunto T-223/13) (1)

    ((«Recurso de anulación - Medio ambiente - Directiva 94/62/CE - Envases y residuos de envases - Directiva 2013/2/UE - Rollos, tubos y cilindros alrededor de los cuales se enrolla un material flexible - Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad»))

    2014/C 315/87

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Cofresco Frischhalteprodukte GmbH & Co. KG (Minden, Alemania) (representante: H. Weil, abogado)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Alcover San Pedro y J.-F. Brakeland, agentes)

    Objeto

    Pretensión de anulación parcial de la Directiva 2013/2/UE de la Comisión, de 7 de febrero de 2013, que modifica el anexo I de la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los envases y residuos de envases (DO L 37, p. 10), en la medida en que la Comisión incluye los rollos, tubos y cilindros alrededor de los cuales se enrolla un material flexible, excepto los rollos, tubos y cilindros destinados a formar parte de maquinaria de producción y que no se utilicen para presentar un producto como unidad de venta, en la lista de ejemplos de productos que ilustran la aplicación de los criterios que precisan el concepto de «envase».

    Fallo

    1)

    Declarar la inadmisibilidad del recurso.

    2)

    Cofresco Frischhalteprodukte GmbH & Co. KG cargará tanto con sus propias costas como con las de la Comisión Europea.


    (1)  DO C 171, de 15.6.2013.


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