Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013CN0118

    Asunto C-118/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesarbeitsgericht Hamm (Alemania) el 14 de marzo de 2013 — Gülay Bollacke/K + K Klaas & Kock B.V. & Co. KG

    DO C 171 de 15.6.2013, p. 10–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.6.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 171/10


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesarbeitsgericht Hamm (Alemania) el 14 de marzo de 2013 — Gülay Bollacke/K + K Klaas & Kock B.V. & Co. KG

    (Asunto C-118/13)

    2013/C 171/20

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Landesarbeitsgericht Hamm

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Gülay Bollacke

    Demandada: K + K Klaas & Kock B.V. & Co. KG

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE (1) en el sentido de que se opone a legislaciones o prácticas nacionales conforme a las cuales el derecho a un periodo mínimo de vacaciones anuales retribuidas, en caso de fallecimiento del trabajador, se extingue íntegramente, es decir, no sólo el derecho ya irrealizable de exoneración del deber de trabajar, sino también el derecho a la retribución de las vacaciones?

    2)

    ¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2003/88/CE en el sentido de que el derecho a una compensación económica por las vacaciones mínimas anuales retribuidas, en caso de extinción de la relación laboral, está vinculado a la persona del trabajador, de tal manera que únicamente él puede disfrutar de dicho derecho para cumplir, aunque sea en un momento posterior, con los objetivos que persigue la concesión de las vacaciones anuales retribuidas, es decir, el descanso y el esparcimiento?

    3)

    ¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE en el sentido de que, en aras de la protección de la salud y la seguridad del trabajador, al planificar el tiempo de trabajo el empresario está obligado a conceder al trabajador unas vacaciones efectivas antes de expirar el año natural o, a más tardar, dentro del período de prórroga determinante a los efectos de la relación laboral, sin condicionarlo al hecho de que el trabajador haya presentado una solicitud de vacaciones?


    (1)  Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299, p. 9).


    Top