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Document 62013CA0356

    Asunto C-356/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 20 de noviembre de 2014  — Comisión Europea/República de Polonia (Incumplimiento de Estado — Directiva 91/676/CEE — Protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura — Identificación insuficiente de aguas contaminadas o que podrían estarlo — Designación insuficiente de las zonas vulnerables — Programas de acción — Medidas incompletas)

    DO C 26 de 26.1.2015, p. 5–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.1.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 26/5


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 20 de noviembre de 2014 — Comisión Europea/República de Polonia

    (Asunto C-356/13) (1)

    ((Incumplimiento de Estado - Directiva 91/676/CEE - Protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura - Identificación insuficiente de aguas contaminadas o que podrían estarlo - Designación insuficiente de las zonas vulnerables - Programas de acción - Medidas incompletas))

    (2015/C 026/06)

    Lengua de procedimiento: polaco

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: E. Manhaeve y K. Herrmann, agentes)

    Demandada: República de Polonia (representante: B. Majczyna, agente)

    Fallo

    1)

    Declarar que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 3 de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, en relación con el anexo I de ésta y del artículo 5 de dicha Directiva, en relación con los anexos II, parte A, punto 2, y III, apartado 1, punto 1, de esa misma Directiva al haber identificado de modo insuficiente las aguas que podrían verse afectadas por la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, al haber designado de modo insuficiente las zonas vulnerables y al haber adoptado programas de acción, como los contemplados en el artículo 5 de la citada Directiva, que comprenden medidas incompatibles con dicha Directiva.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    Condenar en costas a la República de Polonia.


    (1)  DO C 344, de 23.11.2013.


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