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Document 62011TN0326

    Asunto T-326/11: Recurso interpuesto el 20 de junio de 2011 — Brainlab/OAMI (BrainLAB)

    DO C 269 de 10.9.2011, p. 50–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.9.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 269/50


    Recurso interpuesto el 20 de junio de 2011 — Brainlab/ OAMI (BrainLAB)

    (Asunto T-326/11)

    2011/C 269/111

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandante: Brainlab AG (Feldkirchen, Alemania) (representante: J. Bauer, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución adoptada por la Cuarta Sala de Recuso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) el 15 de abril de 2011 en el asunto R 1596/2010-4.

    Devuelva el asunto a la Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) para que ésta resuelva acerca de si se actuó con la diligencia requerida a efectos de la renovación de la marca comunitaria afectada «BrainLAB» (no 1.290.113).

    Condene en costas a la demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria solicitada: marca denominativa «BrainLAB» para productos y servicios comprendidos en las clases 9, 10 y 42

    Resolución del Servicio de Registro y Bases de Datos Conexas: denegación de la petición de restitutio in integrum en relación con el plazo de presentación de la solicitud de renovación y de abono de las tasas de renovación

    Resolución de la Sala de Recurso: denegación de la petición de restitutio in integrum y declaración de la expiración de la marca comunitaria no 1.290.113

    Motivos invocados: Infracción del artículo 81 del Reglamento (CE) no 207/2009, dado que ninguna parte en el procedimiento ante la Oficina, aun habiendo demostrado toda la diligencia requerida por las circunstancias, pudo respetar un plazo con respecto a la Oficina, debido a lo cual se produjo la pérdida de un derecho, y dado que se ha cumplido el plazo de dos meses para la presentación de la petición de restitutio in integrum.


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