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Document 62011TN0080
Case T-80/11: Action brought on 9 February 2011 — Nath Kalsi v OHIM — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)
Asunto T-80/11: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2011 — Nath Kalsi/OAMI — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)
Asunto T-80/11: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2011 — Nath Kalsi/OAMI — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)
DO C 103 de 2.4.2011, p. 26–27
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
2.4.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 103/26 |
Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2011 — Nath Kalsi/OAMI — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)
(Asunto T-80/11)
2011/C 103/45
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandantes: Dwarka Nath Kalsi y Ajit Nath Kalsi (Agra, India) (representante: J. Schmidt, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: American Clothing Associates NV (Evergem, Bélgica)
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 19 de noviembre de 2010 en el asunto R 599/2010-1. |
— |
Que se condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Los demandantes
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa que contiene el elemento denominativo «RIDGE WOOD» para productos y servicios de las clases 18, 24 y 25
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: American Clothing Associates NV
Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa «RIVER WOODS» y marcas figurativas que contienen el elemento denominativo «RIVER WOODS» y «River Woods» para productos y servicios de las clases 18, 25 y 40
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Estimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) por no existir, según los demandantes, riesgo de confusión entre las marcas enfrentadas; infracción del artículo 15, apartado 1, y del artículo 42 del Reglamento (CE) no 207/2009, por no haberse aportado pruebas del uso de las marcas anteriores, e infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) no 207/2009, porque los hechos alegados por American Clothing Associates no bastaban para fundamentar una notoriedad en el sentido de dicho artículo.
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).