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Document 62011TN0080

    Asunto T-80/11: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2011 — Nath Kalsi/OAMI — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)

    DO C 103 de 2.4.2011, p. 26–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    2.4.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 103/26


    Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2011 — Nath Kalsi/OAMI — American Clothing Associates (RIDGE WOOD)

    (Asunto T-80/11)

    2011/C 103/45

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

    Partes

    Demandantes: Dwarka Nath Kalsi y Ajit Nath Kalsi (Agra, India) (representante: J. Schmidt, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: American Clothing Associates NV (Evergem, Bélgica)

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 19 de noviembre de 2010 en el asunto R 599/2010-1.

    Que se condene en costas a la demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Solicitante de la marca comunitaria: Los demandantes

    Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa que contiene el elemento denominativo «RIDGE WOOD» para productos y servicios de las clases 18, 24 y 25

    Titular de la marca o del signo invocados en oposición: American Clothing Associates NV

    Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa «RIVER WOODS» y marcas figurativas que contienen el elemento denominativo «RIVER WOODS» y «River Woods» para productos y servicios de las clases 18, 25 y 40

    Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición

    Resolución de la Sala de Recurso: Estimación del recurso

    Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) por no existir, según los demandantes, riesgo de confusión entre las marcas enfrentadas; infracción del artículo 15, apartado 1, y del artículo 42 del Reglamento (CE) no 207/2009, por no haberse aportado pruebas del uso de las marcas anteriores, e infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) no 207/2009, porque los hechos alegados por American Clothing Associates no bastaban para fundamentar una notoriedad en el sentido de dicho artículo.


    (1)  Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).


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