This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62011TA0299
Case T-299/11: Judgment of the General Court of 7 October 2015 — Evropaïki Dynamiki Luxembourg and Others v OHIM (Public service contracts — Tendering procedure — Supplies of external service provision for programme and project management and technical consultancy in the field of information technologies — Ranking of a tenderer in the cascade procedure — Award criteria — Equal opportunities — Transparency — Manifest error of assessment — Obligation to state reasons — Non-contractual liability — Loss of an opportunity)
Asunto T-299/11: Sentencia del Tribunal General de 7 de octubre de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/OAMI («Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios externos para la gestión de programas y proyectos y asesoría técnica en el ámbito de las tecnologías de la información — Clasificación de un licitador en un procedimiento en cascada — Criterios de adjudicación — Igualdad de oportunidades — Transparencia — Error manifiesto de apreciación — Obligación de motivación — Responsabilidad extracontractual — Pérdida de una oportunidad»)
Asunto T-299/11: Sentencia del Tribunal General de 7 de octubre de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/OAMI («Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios externos para la gestión de programas y proyectos y asesoría técnica en el ámbito de las tecnologías de la información — Clasificación de un licitador en un procedimiento en cascada — Criterios de adjudicación — Igualdad de oportunidades — Transparencia — Error manifiesto de apreciación — Obligación de motivación — Responsabilidad extracontractual — Pérdida de una oportunidad»)
DO C 398 de 30.11.2015, p. 26–27
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.11.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 398/26 |
Sentencia del Tribunal General de 7 de octubre de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/OAMI
(Asunto T-299/11) (1)
((«Contratos públicos de servicios - Procedimiento de licitación - Prestación de servicios externos para la gestión de programas y proyectos y asesoría técnica en el ámbito de las tecnologías de la información - Clasificación de un licitador en un procedimiento en cascada - Criterios de adjudicación - Igualdad de oportunidades - Transparencia - Error manifiesto de apreciación - Obligación de motivación - Responsabilidad extracontractual - Pérdida de una oportunidad»))
(2015/C 398/36)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: European Dynamics Luxembourg SA (Ettelbrück, Luxemburgo); Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (Atenas, Grecia) y European Dynamics Belgium SA (Bruselas, Bélgica) (representantes: inicialmente N. Korogiannakis y M. Dermitzakis, y posteriormente I. Ampazis, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) (representantes: N. Bambara y M. Paolacci, agentes, asistidos por P. Wytinck y B. Hoorelbeke, abogados)
Objeto
Por una parte, pretensión de anulación de la decisión de la OAMI, adoptada en el procedimiento abierto de licitación AO/021/10, titulado «Servicios externos para la gestión de programas y proyectos y asesoría técnica en el ámbito de las tecnologías de la información» y comunicada a las demandantes por escrito de 28 de marzo de 2011, de clasificar la oferta de la primera demandante en el tercer puesto según el mecanismo en cascada a efectos de la conclusión de un acuerdo marco y, por otra, pretensiones indemnizatorias.
Fallo
1) |
Anular la decisión de la OAMI, adoptada en el procedimiento abierto de licitación AO/021/10, titulado «Servicios externos para la gestión de programas y proyectos y asesoría técnica en el ámbito de las tecnologías de la información», y comunicada a European Dynamics Luxembourg SA por escrito de 28 de marzo de 2011, de clasificar su oferta en el tercer puesto según el mecanismo de cascada a efectos de la adjudicación de un acuerdo marco y de clasificar las ofertas del consortium Unisys SLU y Charles Oakes & Co. Sàrl, por una parte, y de ETIQ Consortium (by everis y Trasys), por otra, en el primer y en el segundo puesto respectivamente. |
2) |
La Unión Europea está obligada a reparar el perjuicio sufrido por European Dynamics Luxembourg en concepto de pérdida de una oportunidad de que se le adjudicara el acuerdo marco en calidad de primer contratante en cascada. |
3) |
Desestimar la pretensión indemnizatoria por lo demás. |
4) |
Las partes comunicarán al Tribunal en el plazo de tres meses a partir del pronunciamiento de esta sentencia la cuantía de la indemnización establecida de mutuo acuerdo. |
5) |
En defecto de acuerdo, las partes comunicarán al Tribunal dentro del mismo plazo sus pretensiones cuantificadas. |
6) |
Reservar la decisión sobre las costas. |