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Document 62011CN0315

Asunto C-315/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Breda (Países Bajos) el 27 de junio de 2011 — A.T.G.M. van de Ven y M.A.H.T. van de Ven-Janssen/Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

DO C 269 de 10.9.2011, p. 27–28 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

10.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 269/27


Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Breda (Países Bajos) el 27 de junio de 2011 — A.T.G.M. van de Ven y M.A.H.T. van de Ven-Janssen/Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

(Asunto C-315/11)

2011/C 269/51

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Breda

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: A.T.G.M. van de Ven, M.A.H.T. van de Ven-Janssen

Demandada: Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

Cuestiones prejudiciales

1)

En caso de retraso, ¿es el derecho a compensación, en los términos previstos en el artículo 7 del Reglamento no 261/2004, (1) compatible con el artículo 29 in fine del Convenio de Montreal, habida cuenta de que, de conformidad con la frase primera del artículo 29 del Convenio de Montreal, (2) las acciones de indemnización de daños, se funden en un contrato, en un acto ilícito o en cualquier otra causa, solamente podrán iniciarse con sujeción a condiciones y a límites de responsabilidad que se hallen previstos en el Convenio de Montreal?

2)

En caso de retraso, si el derecho a compensación, en los términos previstos en el artículo 7 del Reglamento no 261/2004, no fuera compatible con el artículo 29 del Convenio de Montreal, ¿se plantean limitaciones con respecto al momento en que la resolución del Tribunal de Justicia produzca efectos en relación con el presente asunto y/o en general?


(1)  Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) no 295/91 (DO L 46, p. 1).

(2)  Decisión 2001/539/CE del Consejo, de 5 de abril de 2001, sobre la celebración por la Comunidad Europea del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional (Convenio de Montreal) (DO L 194, p. 38).


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