This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62011CA0401
Case C-401/11: Judgment of the Court (Third Chamber) of 11 April 2013 (request for a preliminary ruling from the Nejvyšší správní soud — Czech Republic) — Blanka Soukupová v Ministerstvo zemědělství (Agriculture — EAGGF — Regulation (EC) No 1257/1999 — Support for rural development — Early retirement support — Transferor not less than 55 years old but not yet of normal retirement age at the time of transfer — Concept of ‘normal retirement age’ — National legislation determining a retirement age which varies depending on the sex of the applicant and, for women, on the number of children raised — General principles of equal treatment and non-discrimination)
Asunto C-401/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de abril de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší správní soud — República Checa) — Blanka Soukupová/Ministerstvo zemědělství [Agricultura — FEOGA — Reglamento (CE) n ° 1257/1999 — Ayuda al desarrollo rural — Ayuda al cese anticipado de la actividad agraria — Cesionista no menor de cincuenta y cinco años pero que en el momento de la cesión de su explotación no tiene aún la edad de jubilación normal — Concepto de «edad de jubilación normal» — Legislación nacional que fija una edad de jubilación variable según el sexo y, en el caso de las mujeres, según el número de hijos criados — Principios generales de igualdad de trato y de no discriminación]
Asunto C-401/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de abril de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší správní soud — República Checa) — Blanka Soukupová/Ministerstvo zemědělství [Agricultura — FEOGA — Reglamento (CE) n ° 1257/1999 — Ayuda al desarrollo rural — Ayuda al cese anticipado de la actividad agraria — Cesionista no menor de cincuenta y cinco años pero que en el momento de la cesión de su explotación no tiene aún la edad de jubilación normal — Concepto de «edad de jubilación normal» — Legislación nacional que fija una edad de jubilación variable según el sexo y, en el caso de las mujeres, según el número de hijos criados — Principios generales de igualdad de trato y de no discriminación]
DO C 156 de 1.6.2013, p. 7–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
1.6.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 156/7 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de abril de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší správní soud — República Checa) — Blanka Soukupová/Ministerstvo zemědělství
(Asunto C-401/11) (1)
(Agricultura - FEOGA - Reglamento (CE) no 1257/1999 - Ayuda al desarrollo rural - Ayuda al cese anticipado de la actividad agraria - Cesionista no menor de cincuenta y cinco años pero que en el momento de la cesión de su explotación no tiene aún la edad de jubilación normal - Concepto de «edad de jubilación normal» - Legislación nacional que fija una edad de jubilación variable según el sexo y, en el caso de las mujeres, según el número de hijos criados - Principios generales de igualdad de trato y de no discriminación)
2013/C 156/10
Lengua de procedimiento: checo
Órgano jurisdiccional remitente
Nejvyšší správní soud
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Blanka Soukupová
Demandada: Ministerstvo zemědělství
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Nejvyšší správní soud — Interpretación del artículo 11 del Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (DO L 160, p. 80), así como de los principios generales de igualdad de trato y de no discriminación — Ayuda al cese anticipado en la actividad agraria, que podrá concederse al cesionista que haya cumplido ya 55 años y no haya alcanzado la edad normal de jubilación en el momento del cese — Concepto de «edad normal de jubilación» — Normativa nacional que fija una edad de jubilación variable en función del sexo y, en el caso de las mujeres, del número de hijos.
Fallo
No es conforme con el Derecho de la Unión ni con sus principios generales de igualdad de trato y de no discriminación determinar la «edad de jubilación normal», en el sentido del artículo 11, apartado 1, segundo guión, del Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos, de manera diferente según el sexo de la persona que solicita la ayuda al cese anticipado de la actividad agraria y, en el caso de solicitantes de sexo femenino, según el número de hijos criados por la interesada, con arreglo a las disposiciones del régimen nacional de jubilación del Estado miembro de que se trata referentes a la edad requerida para tener derecho a una pensión de vejez.