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Document 52014AE2476

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la financiación a largo plazo de la economía europea — [COM(2014) 168 final]

DO C 451 de 16.12.2014, p. 91–95 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

16.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 451/91


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la financiación a largo plazo de la economía europea

[COM(2014) 168 final]

(2014/C 451/15)

Ponente:

Michael Smyth

Coponente:

Vincent Farrugia

El 14 de marzo de 2014 la Comisión Europea decidió consultar, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la financiación a largo plazo de la economía europea

COM(2014) 168 final.

La Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 17 de junio de 2014.

En su 500o pleno de los días 9 y 10 de julio de 2014 (sesión del 9 de julio de 2014), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 139 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones el presente dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1

El CESE respalda en términos generales la Comunicación de la Comisión que da seguimiento al Libro Verde sobre la financiación a largo plazo de la economía europea (1). Se trata de un desarrollo positivo del debate político sobre el mejor modo de atender las necesidades de inversión a largo plazo de Europa.

1.2

El CESE reconoce que la Comisión debe actuar en los ámbitos de su competencia estimulando al mismo tiempo los cambios de política y los cambios institucionales adecuados a escala mundial y de los Estados miembros. Esto es especialmente importante en el contexto de regímenes reguladores nacionales e internacionales que influyen en los horizontes a más largo plazo de las decisiones de inversión. Por ejemplo, en muchos Estados miembros existe en los sistemas fiscales un sesgo favorable a la financiación de la deuda de las empresas que las incentiva a utilizar deuda en lugar de aportación de capital como fuente de financiación. Para una financiación a largo plazo de las empresas más diversificada y estable debe animarse a los Estados miembros a promover una mayor utilización de la inversión en capital social. La Comisión debe continuar presionando para lograrlo.

1.3

La mayoría de las propuestas de la Comunicación de la Comisión son sólidas y coherentes con el objetivo de promover un horizonte de inversión a más largo plazo, pero se necesitará tiempo para ponerlas en práctica. Se necesitan nuevos instrumentos para la inversión a largo plazo (tales como los bonos para financiación de proyectos UE 2020) y el CESE insta a la Comisión a avanzar rápidamente hacia la aplicación.

1.4

A fin de promover una financiación a más largo plazo de la economía, es esencial la realización de una unión bancaria. La política monetaria debe acomodarse a las inversiones a largo plazo en lo que se refiere a unos tipos de interés apropiados, tanto para los inversores como para los ahorradores. El CESE acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de investigar la fragmentación de los flujos transfronterizos de ahorro y también de evaluar la viabilidad de desarrollar un producto de ahorro a escala de la UE.

1.5

El CESE considera que en la actualidad existe una oportunidad única para articular, desarrollar y aplicar un marco de la UE para las inversiones a largo plazo basado en el sólido corpus de trabajos analíticos realizados, entre otros, por la Comisión, el Instituto Internacional de Hacienda y el Grupo de los treinta. Los obstáculos que entorpecen una financiación sostenible a largo plazo son bien conocidos y se han de vencer. Se centran en cinco grandes retos:

animar a los inversores a que adopten una perspectiva a más largo plazo en sus decisiones de inversión;

crear nuevos intermediarios y nuevos instrumentos orientados a la inversión a largo plazo;

desarrollar mercados de capitales de deuda y de acciones para ampliar la gama de instrumentos de financiación;

garantizar que el flujo de capital a través de las fronteras es ordenado y que favorece las inversiones a más largo plazo;

desarrollar mejores análisis sistémicos en el momento de elaborar futuras políticas de reglamentación.

El CESE ve avances hacia estos objetivos en esta Comunicación e insta a la Comisión a mantener y acelerar el ritmo en sus próximas propuestas sobre financiación a largo plazo.

2.   Seguimiento del Libro Verde sobre la financiación a largo plazo

2.1

La Comunicación objeto de examen constituye una respuesta meditada de la Comisión al satisfactorio proceso de consulta iniciado a raíz de la publicación, en marzo de 2013, del Libro Verde sobre la financiación a largo plazo de la economía europea (2). El documento expone una serie de propuestas y actuaciones orientadas a eliminar los obstáculos que impiden una mayor movilización de las fuentes públicas y privadas de financiación a largo plazo. La Comisión considera que, si bien los bancos seguirán desempeñando un importante papel en la oferta de financiación a más largo plazo, es preciso alentar a fuentes alternativas no bancarias, tales como la financiación pública, los inversores institucionales (compañías de seguros y fondos de pensiones), a fondos de inversión tradicionales o alternativos y a fondos soberanos, a ofrecer este tipo de financiación.

2.2

Las actuaciones propuestas en la Comunicación se centran en:

i)

movilizar fuentes privadas de financiación a largo plazo,

ii)

hacer un mejor uso de la financiación pública,

iii)

desarrollar los mercados de capitales,

iv)

mejorar el acceso de las pymes a la financiación,

v)

atraer fondos privados para sufragar infraestructuras, y

vi)

mejorar el marco general para una financiación sostenible

La Comisión publicó asimismo una propuesta de revisión de la Directiva sobre los fondos de pensiones de empleo (3) — en apoyo de un mayor desarrollo de las pensiones de empleo —, que representan una importante categoría de inversores institucionales a largo plazo en la UE, así como una Comunicación sobre la microfinanciación colectiva (4), fuente de financiación cada vez más importante para las pymes.

3.   Acciones propuestas

3.1   Movilizar fuentes privadas de financiación a largo plazo

3.1.1

Existe una tensión ineludible entre, por un lado, la necesidad de reforzar los requisitos de capital y liquidez aplicables a los bancos con vistas a aumentar su resiliencia y, por otro, el deseo de evitar imponer restricciones excesivas que pudieran disuadir a dichas entidades de ofrecer financiación a largo plazo a la economía real. No será fácil encontrar el equilibrio adecuado entre estos dos objetivos primordiales de la política pública. La Comisión evaluará la idoneidad del Reglamento sobre los requisitos de capital a efectos de la financiación a largo plazo y analizará en qué medida podrían dificultar la financiación a largo plazo por parte del sector bancario las propuestas relativas a la ratio de cobertura de liquidez y a la ratio de financiación estable neta.

3.1.2

La Comisión opina que, una vez que hayan concluido las reformas bancarias y, en particular, la unión bancaria, se restablecerá la confianza en el sector financiero y se reducirá en gran medida la fragmentación financiera existente. En concreto, el reciente paquete de propuestas sobre la reforma estructural de los bancos debería permitir a dichas entidades reasumir el papel que han desempeñado tradicionalmente mediante la separación de las actividades básicas de financiación de la economía real de las actividades comerciales de mayor riesgo (5). En su dictamen sobre el paquete de reestructuración el CESE apoya las propuestas de la Comisión.

3.1.3

Puede que los aspectos más interesantes de la Comunicación sean los relativos a las normas sobre las compañías de seguros y los fondos de pensiones en materia de inversión a largo plazo. El comienzos de 2016 entrará en vigor la Directiva Solvencia II reformada, que debería permitir a las compañías de seguros invertir en cualquier tipo de activo ateniéndose al principio de prudencia. Ello podría contribuir al desarrollo de mercados de instrumentos de titulización que sean sostenibles. En cuanto a los fondos de pensiones, se presentan propuestas encaminadas al desarrollo de un marco en colaboración con la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ), con vistas a crear un mercado único de las pensiones individuales en Europa y movilizar así potencialmente un mayor volumen de ahorro a largo plazo

3.1.4

En lo que respecta a movilizar más financiación privada para la inversión a largo plazo, el CESE recomienda a la Comisión que lleve a cabo también un estudio de viabilidad para utilizar fondos soberanos así como otras fuentes más convencionales a largo plazo, como los fondos de pensiones y las grandes aseguradoras.

3.1.5

En su respuesta al Libro Verde (6) el CESE recomendó a la Comisión que evaluara la introducción de una cuenta de ahorro a escala de la UE para aprovechar el ahorro a largo plazo, la Comisión se dispone ahora a llevar a cabo un estudio de los posibles obstáculos para la creación de dicho instrumento de ahorro transfronterizo europeo.

3.2   Utilizar mejor la financiación pública

3.2.1

En lo referente a la cuestión de mejorar la eficacia del uso de la financiación pública en materia de inversión a largo plazo, la Comisión se compromete a tomar medidas para estimular una mayor cooperación entre los bancos nacionales y regionales de fomento, el BEI/FEI y otros bancos multilaterales de desarrollo, como el BERD. La reciente creación de la Corporación Bancaria Estratégica de Irlanda, entidad participada por el Gobierno irlandés, el BEI y el banco KfW (7) que contará con alrededor de 800 millones de euros para la concesión de préstamos a las pymes de Irlanda, es un buen ejemplo de ese tipo de enfoque. Se incluye asimismo una propuesta análoga con respecto a la mejora de la coordinación y la cooperación entre los organismos nacionales de crédito a la exportación. Tales propuestas merecen ser bien recibidas.

3.3   Desarrollar los mercados de capitales

3.3.1

Muchas de las propuestas de la Comisión abordan la cuestión del escaso desarrollo de los mercados de capitales en Europa. La Comunicación señala que, si bien el mercado de renta fija empresarial ha ido creciendo en los últimos años, tanto este como los mercados de renta variable europeos siguen estando fragmentados y careciendo de atractivo como fuente de financiación a largo plazo para las pymes y las empresas de mediana capitalización. Ante tal fragmentación, se manifiesta el compromiso de emprender un estudio para comprobar si, tras las mejoras introducidas por la normativa actualizada sobre los mercados de instrumentos financieros (MiFID 2) (8), pueden ser necesarias nuevas medidas con objeto de posibilitar la creación de un mercado secundario sólido y líquido para la negociación de bonos de empresa. También se expresa el compromiso de analizar si sería posible ampliar los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (9) de modo que cubran los valores cotizados en los mercados de pymes en expansión.

3.3.2

Desde que comenzó la crisis financiera, se ha tendido a asociar el término «titulización» con los créditos hipotecarios de alto riesgo estadounidenses y con las obligaciones garantizadas por deuda y las permutas de riesgo de crédito derivadas de aquellos. El gran desplome del mercado de derivados no se debió a la titulización de los propios activos, sino a una normativa inadecuada, al desconocimiento y a la codicia por parte de los compradores y vendedores. El recurso de la titulización vuelve ahora a ocupar un lugar destacado en el programa de elaboración de políticas. Desde 2011 se han aplicado requisitos de retención de riesgos en toda la UE y, por otra parte, se han reforzado las obligaciones de información para que los inversores puedan conocer mejor los instrumentos financieros en los que invierten. La Comisión considera que a día de hoy es posible crear mercados de titulización sostenibles con una adecuada diferenciación a efectos prudenciales de los distintos bonos de titulización de activos que se negocien. Si bien el CESE apoya en principio la utilización progresiva de la titulización, pide cautela a fin de garantizar que su utilización se realice de una forma bien regulada.

3.3.3

La Comisión se compromete a cooperar con el Comité de Basilea y con la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV) con vistas a elaborar y aplicar normas de ámbito mundial sobre la retención de riesgos, la transparencia y la coherencia en los mercados de titulización. Se manifiesta asimismo el compromiso de revisar el tratamiento de los bonos garantizados en el Reglamento sobre requisitos de capital antes de que finalice el presente año con miras a establecer un mercado integrado de bonos garantizados; a su vez, dicha revisión debe dar pie a un estudio sobre un marco que regule en la UE los bonos garantizados.

3.3.4

La Comunicación examina la cuestión de la emisión de colocaciones privadas y, dado que se consideran una alternativa realista a los préstamos bancarios y a la emisión pública de bonos de empresa, la Comisión se compromete a analizar las buenas prácticas ejercidas en el ámbito de los mercados de colocación privada tanto en Europa como en otros lugares y a elaborar propuestas con vistas a extender el uso de dichas colocaciones en la UE.

3.4   Mejorar el acceso de las pymes a la financiación

3.4.1

La Comunicación aborda también la delicada cuestión de la mejora del acceso de las pymes a la financiación a más largo plazo. Este tema se incluyó en el plan de acción sobre la financiación de las pymes publicado en 2011 y desde entonces se han logrado algunos avances, aunque estos han sido limitados. La Comunicación considera que la falta de información crediticia adecuada, comparable, fiable y fácilmente accesible acerca de las pymes es el principal obstáculo que impide a dichas empresas tener un mayor acceso a los mercados de capitales. Una de las causas de tales deficiencias es la naturaleza fragmentada de las fuentes nacionales de dicha información.

3.4.2

En un reciente e influyente estudio (10) el Instituto Internacional de Finanzas (IIF) señalaba que estas asimetrías de información constituían un obstáculo fundamental para la financiación a corto y largo plazo de las pymes. El IIF propone una serie de medidas para reducir dichos obstáculos, entre las que se incluye un mayor uso de repositorios digitales que recopilen los modelos normalizados que se presentan en los registros mercantiles, los institutos de estadística y las evaluaciones de solvencia por parte de bancos y otros prestamistas. Estos repositorios nacionales de información sobre los riesgos de crédito deberían fusionarse con la plataforma de datos European Data Warehouse, dando lugar en último término a la creación de un registro central europeo de crédito. El IIF pide que se establezcan unas normas europeas para la recopilación y divulgación de información con objeto de posibilitar la realización de análisis comparativos de empresas y países. Una información más precisa y actualizada sobre los resultados financieros de las pymes debería permitir una mejor evaluación de los riesgos por parte de los prestamistas, así como una valoración más adecuada del riesgo. En vista de que las propuestas del IIF van mucho más allá que las propuestas de la Comisión, el CESE insta a esta última a abordar con carácter de urgencia las citadas cuestiones de confidencialidad/información nacional.

3.4.3

El CESE considera razonable conferir un papel relevante a las agencias de desarrollo regional en la evaluación de riesgo de las pymes. La mayoría de las regiones de la UE cuentan con agencias regionales de desarrollo, algunas de las cuales proporcionan ya financiación de capital y de deuda a las pymes que son sus clientes. Estas agencias regionales de desarrollo suelen conocer mejor que los bancos a las pymes, a sus propietarios-operadores y a sus gestores, por lo que el CESE recomienda a la Comisión que estudie su posible función como evaluadores locales de riesgos.

3.4.4

La Comisión se compromete asimismo a reanudar el diálogo entre los bancos y las pymes con el fin de mejorar la educación financiera de estas últimas, sobre todo en lo relativo a la información de retorno facilitada por los bancos acerca de las solicitudes de préstamos. El estudio del IIF llega más lejos y recomienda instruir a las pymes sobre las distintas alternativas de financiación disponibles y las ventajas de participar en programas alternativos de financiación. El CESE apoya este punto de vista.

3.5   Atraer fondos privados para sufragar infraestructuras

3.5.1

En cuanto a la inversión en infraestructuras, la Comisión considera que la falta de coherencia de los datos disponibles sobre la evolución de los préstamos para infraestructuras en toda Europa representa un obstáculo para el aumento de la participación el sector privado en materia de inversión en infraestructuras. La confidencialidad comercial que mantienen los bancos y los inversores en renta variable suele impedir la divulgación general de información pertinente. La Comisión se compromete a llevar a cabo una evaluación de la posibilidad de crear un portal único para la divulgación voluntaria de la información existente sobre los planes y proyectos de inversión en infraestructuras de las administraciones nacionales, regionales y municipales. Asimismo, se propone una solución análoga a dicho portal para la puesta a disposición de estadísticas crediticias completas y normalizadas sobre deuda para infraestructuras. El CESE respalda estas actuaciones

3.6   Mejorar el marco general para una financiación sostenible

3.6.1

Aparte de las actuaciones centradas en cuestiones específicas que ya se han comentado, la Comisión examina asimismo el marco general para una financiación sostenible en materia de gobierno corporativo, normas contables, fiscalidad y entorno normativo. Considerará la posibilidad de presentar una propuesta de revisión de la Directiva sobre los derechos de los accionistas con objeto de igualar en mayor medida los intereses a largo plazo de los inversores institucionales, los gestores de activos y las empresas. El CESE apoya esta revisión de la Directiva sobre los derechos de los accionistas para fomentar la implicación a largo plazo de los accionistas.

3.6.2

También se evaluarán los planes de participación accionarial y financiera de los trabajadores en toda la UE, con miras a identificar los obstáculos que podrían dificultar la aplicación transfronteriza de dichos planes y a proponer medidas para superarlos. La Comisión se compromete asimismo a estudiar si el uso del valor razonable en la NIIF 9 revisada es oportuno por lo que se refiere a los modelos de negocio de inversión a largo plazo. Además, la Comisión pondrá en marcha este año una consulta para examinar si se justificaría una norma contable simplificada aplicable a los estados financieros de las pymes cotizadas y si sería útil una norma contable independiente para las pymes no cotizadas.

3.6.3

En la Comunicación se reconoce la existencia de un sesgo tributario en favor de la financiación de negocios mediante recursos ajenos en la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea, lo que incita a las empresas a asumir un mayor endeudamiento en lugar de utilizar recursos propios. La Comisión carece de competencias en este ámbito y en la Comunicación se compromete meramente a promover, a través de las recomendaciones específicas por países formuladas con motivo del Semestre Europeo, una mayor inversión en recursos propios. Por último, la Comisión evaluará la reciente Recomendación relativa a la reestructuración temprana de empresas viables y al principio de la «segunda oportunidad» para los empresarios en situación de quiebra, así como la legislación aplicable a los aspectos de la cesión de créditos relacionados con la existencia de terceros. Poco puede objetarse a estas propuestas.

Bruselas, 9 de julio de 2014.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Henri MALOSSE


(1)  COM(2013) 150 final/1 y COM(2013) 150 final/2.

(2)  COM(2013) 150 final/1 y COM(2013) 150 final/2

(3)  COM(2014) 167 final.

(4)  COM(2014) 172 final.

(5)  Estas propuestas se examinan en el dictamen del CESE sobre la reforma estructural del sector bancario de la UE (pendiente de su publicación en el DO).

(6)  DO C 327 of 12.11.2013, p. 11.

(7)  Se trata de un banco de desarrollo de titularidad estatal alemana.

(8)  Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros.

(9)  Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios, Directivas 2001/107/CE y 2001/108/CE.

(10)  Restoring Financing and Growth to Europe's SMEs («Recuperar la financiación y el crecimiento para las pymes de Europa»), 2013.


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