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Document 52008AP0546

Estadísticas comunitarias sobre salud pública y salud y seguridad en el trabajo 
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de noviembre de 2008 , respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas comunitarias sobre salud pública y salud y seguridad en el trabajo (9815/3/2008 — C6-0343/2008 — 2007/0020(COD))

DO C 16E de 22.1.2010, p. 111–111 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 16/111


Estadísticas comunitarias sobre salud pública y salud y seguridad en el trabajo ***II

P6_TA(2008)0546

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de noviembre de 2008, respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas comunitarias sobre salud pública y salud y seguridad en el trabajo (9815/3/2008 — C6-0343/2008 — 2007/0020(COD))

(2010/C 16 E/32)

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (9815/3/2008 — C6-0343/2008) (1),

Vista su posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007) 0046),

Visto el artículo 251, apartado 2, del Tratado CE,

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0425/2008),

1.   Aprueba la Posición Común;

2.   Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición Común;

3.   Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 254, apartado 1, del Tratado CE;

4.   Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.   Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 280 E de 4.11.2008, p. 1.

(2)  DO C 282 E de 6.11.2008, p. 109.


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