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Document 32020D2110

    Decisión de Ejecución (UE) 2020/2110 de la Comisión de 16 de diciembre de 2020 por la que se modifica la parte C del anexo I de la Decisión 2009/177/CE en lo referente a la calificación de libre de enfermedad del Reino Unido respecto a Irlanda del Norte en relación con determinadas enfermedades de los animales acuáticos [notificada con el número C(2020) 9303] (Texto pertinente a efectos del EEE)

    C/2020/9303

    DO L 427 de 17.12.2020, p. 10–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 20/04/2021; derog. impl. por 32021R0620

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2020/2110/oj

    17.12.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 427/10


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2020/2110 DE LA COMISIÓN

    de 16 de diciembre de 2020

    por la que se modifica la parte C del anexo I de la Decisión 2009/177/CE en lo referente a la calificación de libre de enfermedad del Reino Unido respecto a Irlanda del Norte en relación con determinadas enfermedades de los animales acuáticos

    [notificada con el número C(2020) 9303]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 2006/88/CE del Consejo, de 24 de octubre de 2006, relativa a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, y a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos (1), y en particular su artículo 49, apartado 1, su artículo 50, apartado 2, letra a), y apartado 3, su artículo 51, apartado 2, y su artículo 61, apartado 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Decisión 2009/177/CE de la Comisión (2) establece disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/88/CE en lo que respecta a la vigilancia, los programas de erradicación y la calificación de libre de la enfermedad de Estados miembros, zonas y compartimentos. En las columnas segunda y cuarta del cuadro que figura en la parte C del anexo I de dicha Decisión, se enumeran los Estados miembros que han sido declarados libres de la enfermedad de conformidad con el artículo 49, apartado 1, de la Directiva 2006/88/CE, y las zonas y compartimentos que han sido declarados libres de la enfermedad de conformidad con el artículo 50, apartado 3, de dicha Directiva. La enfermedad a la que se aplica esta calificación de libre de la enfermedad figura en la primera columna del mismo cuadro.

    (2)

    De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (el Acuerdo de Retirada), y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda / Irlanda del Norte, en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo, la Directiva 2006/88/CE y los actos de la Comisión basados en ella deben seguir aplicándose en el Reino Unido en lo que respecta a Irlanda del Norte después de la expiración del período transitorio regulado en el Acuerdo de Retirada. Por este motivo, las referencias al Reino Unido en la parte C del anexo I de la Decisión 2009/177/CE deben sustituirse por referencias al Reino Unido en lo que respecta a Irlanda del Norte.

    (3)

    Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/177/CE en consecuencia.

    (4)

    Dado que el período transitorio regulado en el Acuerdo de Retirada finaliza el 31 de diciembre de 2020, la presente Decisión debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2021.

    (5)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La parte C del anexo I de la Decisión 2009/177/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2020.

    Por la Comisión

    Stella KYRIAKIDES

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 328 de 24.11.2006, p. 14.

    (2)  Decisión 2009/177/CE de la Comisión, de 31 de octubre de 2008, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/88/CE del Consejo en lo que respecta a la vigilancia, los programas de erradicación y la calificación de «libre de la enfermedad» de Estados miembros, zonas y compartimentos (DO L 63 de 7.3.2009, p. 15).


    ANEXO

    «PARTE C

    Estados miembros (*1) , zonas y compartimentos “libres de la enfermedad”

    Enfermedad

    Estado miembro

    Código ISO

    Delimitación geográfica del área “libre de la enfermedad” (Estado miembro, zona o compartimento)

    Septicemia hemorrágica vírica (SHV)

    Dinamarca

    DK

    Todo el territorio continental

    Irlanda

    IE

    Todo el territorio

    Chipre

    CY

    Todas las zonas continentales dentro de su territorio

    Finlandia

    FI

    Todas las zonas continentales y litorales dentro de su territorio, a excepción de la región de Åland

    Suecia

    SE

    Todo el territorio

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK (NI)

    Irlanda del Norte

    Necrosis hematopoyética infecciosa (NHI)

    Dinamarca

    DK

    Todo el territorio

    Irlanda

    IE

    Todo el territorio

    Chipre

    CY

    Todas las zonas continentales dentro de su territorio

    Finlandia

    FI

    Todo el territorio, excepto el compartimento costero de Ii, Kuivaniemi, y las cuencas hidrográficas siguientes: 14.72 Virmasvesi, 14.73 Nilakka, la zona de 4.74 Saarijärvi y la zona de 4.41 Pielinen

    Suecia

    SE

    Todo el territorio

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK (NI)

    Irlanda del Norte

    Herpesvirosis koi (HVK)

    Irlanda

    IE

    Todo el territorio

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK (NI)

    Irlanda del Norte

    Anemia infecciosa del salmón (AIS)

    Bélgica

    BE

    Todo el territorio

    Bulgaria

    BG

    Todo el territorio

    Chequia

    CZ

    Todo el territorio

    Dinamarca

    DK

    Todo el territorio

    Alemania

    DE

    Todo el territorio

    Estonia

    EE

    Todo el territorio

    Irlanda

    IE

    Todo el territorio

    Grecia

    EL

    Todo el territorio

    España

    ES

    Todo el territorio

    Francia

    FR

    Todo el territorio

    Italia

    IT

    Todo el territorio

    Chipre

    CY

    Todo el territorio

    Letonia

    LV

    Todo el territorio

    Lituania

    LT

    Todo el territorio

    Luxemburgo

    LU

    Todo el territorio

    Hungría

    HU

    Todo el territorio

    Malta

    MT

    Todo el territorio

    Países Bajos

    NL

    Todo el territorio

    Austria

    AT

    Todo el territorio

    Polonia

    PL

    Todo el territorio

    Portugal

    PT

    Todo el territorio

    Rumanía

    RO

    Todo el territorio

    Eslovenia

    SI

    Todo el territorio

    Eslovaquia

    SK

    Todo el territorio

    Finlandia

    FI

    Todo el territorio

    Suecia

    SE

    Todo el territorio

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK/NI

    Irlanda del Norte

    Infección por Marteilia refringens

    Irlanda

    IE

    Todo el territorio

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK/NI

    Toda la costa de Irlanda del Norte, excepto Belfast Lough y la bahía de Dundrum

    Infección por Bonamia ostreae

    Irlanda

    IE

    Toda la costa, a excepción de:

    1.

    el puerto de Cork

    2.

    la bahía de Galway

    3.

    el puerto de Ballinakill

    4.

    la bahía de Clew

    5.

    Achill Sound

    6.

    Loughmore, la bahía de Blacksod

    7.

    Lough Foyle

    8.

    Lough Swilly

    9.

    la bahía de Kilkieran

    Reino Unido (Irlanda del Norte)

    UK (NI)

    Toda la costa de Irlanda del Norte, excepto Lough Foyle y Strangford Lough

    Enfermedad de la mancha blanca»

     

     

     


    (*1)  De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda / Irlanda del Norte, en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo, a efectos del presente anexo, las referencias a los Estados miembros incluyen al Reino Unido en lo que respecta a Irlanda del Norte.


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