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Document 32019R1706R(01)
Corrigendum to Commission Implementing Regulation (EU) 2019/1706 of 10 October 2019 amending Implementing Regulation (EU) 2017/325 imposing a definitive anti-dumping duty on imports of high tenacity yarns of polyesters originating in the People’s Republic of China following an expiry review pursuant to Article 11(2) of Regulation (EU) 2016/1036 of the European Parliament and of the Council (Official Journal of the European Union L 260 of 11 October 2019)
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1706 de la Comisión, de 10 de octubre de 2019, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/325 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hilados de alta tenacidad de poliésteres originarios de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L 260 de 11 de octubre de 2019)
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1706 de la Comisión, de 10 de octubre de 2019, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/325 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hilados de alta tenacidad de poliésteres originarios de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L 260 de 11 de octubre de 2019)
C/2019/8043
DO L 289 de 8.11.2019, p. 60–60
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LT, HU, MT, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO L 289 de 8.11.2019, p. 61–61
(HR, LV, NL, PL)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/1706/corrigendum/2019-11-08/oj
8.11.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 289/60 |
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1706 de la Comisión, de 10 de octubre de 2019, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/325 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hilados de alta tenacidad de poliésteres originarios de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Diario Oficial de la Unión Europea L 260 de 11 de octubre de 2019)
En la página 44, en el considerando 17:
donde dice:
«Se concedió a las partes la posibilidad de presentar observaciones. [No se recibió ninguna observación.]»,
debe decir:
«Se concedió a las partes la posibilidad de presentar observaciones. No se recibió ninguna observación.».
En la página 44, en el artículo 1:
donde dice:
Nombre de la empresa |
Ciudad |
»"Wuxi Solead Technology Development Co., Ltd |
Xinjian Town"» |
debe decir:
Nombre de la empresa |
Ciudad |
«"Wuxi Solead Technology Development Co., Ltd |
Yixing City"» |