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Document 32015D0470
Decision (EU) 2015/470 of the European Parliament and of the Council of 11 March 2015 on the mobilisation of the European Globalisation Adjustment Fund in accordance with point 13 of the Interinstitutional Agreement of 2 December 2013 between the European Parliament, the Council and the Commission on budgetary discipline, on cooperation in budgetary matters and on sound financial management (application EGF/2013/011 BE/Saint-Gobain Sekurit, from Belgium)
Decisión (UE) 2015/470 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015 , relativo a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013 , entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2013/011 BE/Saint-Gobain Sekurit, de Bélgica)
Decisión (UE) 2015/470 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015 , relativo a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013 , entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2013/011 BE/Saint-Gobain Sekurit, de Bélgica)
DO L 76 de 20.3.2015, pp. 56–57
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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20.3.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 76/56 |
DECISIÓN (UE) 2015/470 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 11 de marzo de 2015
relativo a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2013/011 BE/Saint-Gobain Sekurit, de Bélgica)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 3,
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (2), y, en particular, su punto 13,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar ayuda adicional a los trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización, y ayudarlos a reintegrarse en el mercado laboral. |
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(2) |
El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) no 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (3). |
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(3) |
El 19 de diciembre de 2013, Bélgica presentó una solicitud de intervención del FEAG en relación con una serie de despidos en la empresa Saint-Gobain Sekurit Benelux SA, y el 4 de julio de 2014 la completó con información adicional. La solicitud cumple los requisitos para la fijación de las contribuciones financieras según lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1927/2006. En consecuencia, la Comisión propone movilizar un importe de 1 339 928 EUR. |
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(4) |
Por consiguiente, debe movilizarse el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por Bélgica. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio financiero 2015, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para proporcionar un importe de 1 339 928 EUR en créditos de compromiso y de pago.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 11 de marzo de 2015.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
M. SCHULZ
Por el Consejo
La Presidenta
Z. KALNIŅA-LUKAŠEVICA
(1) DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.