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Dokumentas 62009TA0395
Case T-395/09: Judgment of the General Court of 23 January 2014 — Gigaset v Commission (Competition — Agreements, decisions and concerted practices — Market for calcium carbide and magnesium for the steel and gas industries in the EEA, with the exception of Ireland, Spain, Portugal and the United Kingdom — Decision finding an infringement of Article 81 EC — Price-fixing and market-sharing — Imputability of the unlawful conduct — Obligation to state reasons — Fines — Duration of the infringement — Equal treatment — Mitigating circumstances — Cooperation during the administrative procedure — Joint and several liability for payment of a fine — 2006 guidelines on the method of setting fines)
Asunto T-395/09: Sentencia del Tribunal General de 23 de enero de 2014 — Gigaset/Comisión ( «Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del carburo de calcio y del magnesio para las industrias del acero y del gas en el EEE, excepto Irlanda, España, Portugal y el Reino Unido — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Fijación de los precios y reparto del mercado — Imputabilidad de la conducta ilícita — Obligación de motivación — Multas — Duración de la infracción — Igualdad de trato — Circunstancias atenuantes — Cooperación durante el procedimiento administrativo — Responsabilidad solidaria a efectos del pago de la multa — Directrices para el cálculo del importe de las multas de 2006» )
Asunto T-395/09: Sentencia del Tribunal General de 23 de enero de 2014 — Gigaset/Comisión ( «Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del carburo de calcio y del magnesio para las industrias del acero y del gas en el EEE, excepto Irlanda, España, Portugal y el Reino Unido — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Fijación de los precios y reparto del mercado — Imputabilidad de la conducta ilícita — Obligación de motivación — Multas — Duración de la infracción — Igualdad de trato — Circunstancias atenuantes — Cooperación durante el procedimiento administrativo — Responsabilidad solidaria a efectos del pago de la multa — Directrices para el cálculo del importe de las multas de 2006» )
DO C 71 de 8.3.2014, p. 15—15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.3.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 71/15 |
Sentencia del Tribunal General de 23 de enero de 2014 — Gigaset/Comisión
(Asunto T-395/09) (1)
(Competencia - Prácticas colusorias - Mercado del carburo de calcio y del magnesio para las industrias del acero y del gas en el EEE, excepto Irlanda, España, Portugal y el Reino Unido - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE - Fijación de los precios y reparto del mercado - Imputabilidad de la conducta ilícita - Obligación de motivación - Multas - Duración de la infracción - Igualdad de trato - Circunstancias atenuantes - Cooperación durante el procedimiento administrativo - Responsabilidad solidaria a efectos del pago de la multa - Directrices para el cálculo del importe de las multas de 2006)
(2014/C 71/25)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Gigaset AG, anteriormente Arques Industries AG (Múnich, Alemania) (representantes: C. Grave, B. Meyring y A. Scheidtmann, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: N. von Lingen y R. Sauer, agentes, asistidos por A. Böhlke, abogado)
Objeto
Anulación de la Decisión C(2009) 5791 final de la Comisión, de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/39.396 — Reactivos basados en carburo de calcio y magnesio para las industrias del acero y el gas), en lo que se refiere a la demandante, y, con carácter subsidiario, reducción del importe de la multa impuesta a la demandante en dicha Decisión.
Fallo
1) |
Fijar en 12,3 millones de euros el importe de la multa impuesta a Gigaset AG en virtud del artículo 2, letra f), de la Decisión C(2009) 5791 final de la Comisión, de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/39.396 — Reactivos basados en carburo de calcio y magnesio para las industrias del acero y el gas). |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
Gigaset cargará con el 90 % de sus propias costas y el 90 % de las de la Comisión Europea, excepción hecha de las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales. La Comisión cargará con el 10 % de sus propias costas y el 10 % de las de Gigaset, exceptuadas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales. |