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Document 32014R1014R(03)

    Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) n° 1014/2014 de la Comisión, de 22 de julio de 2014, que complementa el Reglamento (UE) n° 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n° 2328/2003, (CE) n° 861/2006, (CE) n° 1198/2006 y (CE) n° 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) n° 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al contenido y la construcción de un sistema común de seguimiento y evaluación de las operaciones financiadas en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (DO L 283 de 27.9.2014)

    DO L 260 de 7.10.2015, p. 31–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2014/1014/corrigendum/2015-10-07/oj

    7.10.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 260/31


    Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) no 1014/2014 de la Comisión, de 22 de julio de 2014, que complementa el Reglamento (UE) no 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) no 2328/2003, (CE) no 861/2006, (CE) no 1198/2006 y (CE) no 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) no 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al contenido y la construcción de un sistema común de seguimiento y evaluación de las operaciones financiadas en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 283 de 27 de septiembre de 2014 )

    En la página 15, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos) (* indicadores pertinentes también para los proyectos relativos a la pesca continental)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones) (* indicadores pertinentes también para las operaciones relativas a la pesca continental)».

    En la página 16, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

    1)

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones)»;

    2)

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de proyectos)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de operaciones)»;

    3)

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de proyectos, excepto 1)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de operaciones, excepto 1)».

    En la página 17, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

    1)

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de proyectos, excepto 1 y 4)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de operaciones, excepto 1 y 4)»;

    2)

    donde dice:

    «Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de proyectos)»,

    debe decir:

    «Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de operaciones)».

    En la página 19, en el anexo, en la parte II, en la nota a pie de página 10:

    donde dice:

    «Incluidos los proyectos en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.»,

    debe decir:

    «Incluidas las operaciones en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.».


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