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Dokument 62017CN0678
Case C-678/17: Action brought on 5 December 2017 — European Commission v Ireland
Asunto C-678/17: Recurso interpuesto el 5 de diciembre de 2017 — Comisión Europea / Irlanda
Asunto C-678/17: Recurso interpuesto el 5 de diciembre de 2017 — Comisión Europea / Irlanda
DO C 22 de 22.1.2018, S. 31–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 22/31 |
Recurso interpuesto el 5 de diciembre de 2017 — Comisión Europea / Irlanda
(Asunto C-678/17)
(2018/C 022/43)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: P.J. Loewenthal y A. Bouchagiar, agentes)
Demandada: Irlanda
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se declare que, al no haber adoptado, en el período de tiempo establecido, todas las medidas necesarias para recuperar de Apple Sales International y de Apple Operations Europe la ayuda estatal declarada ilegal e incompatible con el mercado interior por el artículo 1 de la Decisión (UE) 2017/1283 de la Comisión, de 30 de agosto de 2016, sobre la ayuda estatal SA.38373 (2014/C) (ex 2014/NN) (ex 2014/CP) concedida por Irlanda a Apple […], (1) Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 y 3 de dicha Decisión y del artículo 108 TFUE, apartado 2. |
— |
Que se condene en costas Irlanda. |
Motivos y principales alegaciones
Con arreglo a la Decisión de la Comisión Europea de 30 de Agosto de 2016 en el asunto SA.38373, Irlanda debería haber recuperado las ayudas ilegales e incompatibles concedidas a Apple Sales International («ASI») y a Apple Operations Europe («AOE») en el plazo de cuatro meses. La ayuda es el resultado de dos resoluciones fiscales dictadas por Irlanda a favor de ASI y AOE el 29 de enero de 1991 y el 23 de mayo de 2007, que permitieron a dichas empresas determinar anualmente su deuda tributaria en concepto de impuesto sobre sociedades en Irlanda hasta 2014.
Irlanda no ha recuperado la ayuda estatal dentro del plazo de cuatro meses a partir de la notificación de la Decisión de la Comisión, como estaba obligada a hacer. Además, Irlanda no ha adoptado aún todas las medidas necesarias para ejecutar la Decisión de la Comisión.