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Dieses Dokument ist ein Auszug aus dem EUR-Lex-Portal.

Dokument 62012CA0197

Asunto C-197/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 21 de marzo de 2013 — Comisión Europea/República Francesa ( «Incumplimiento de Estado — Fiscalidad — IVA — Directiva 2006/112/CE — Artículo 148 — Exención de determinadas operaciones destinadas a las embarcaciones que efectúan un tráfico remunerado de viajeros o que ejercen una actividad comercial — Requisito de afectación a la navegación en alta mar» )

DO C 156 de 1.6.2013, S. 14-15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.6.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 156/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 21 de marzo de 2013 — Comisión Europea/República Francesa

(Asunto C-197/12) (1)

(Incumplimiento de Estado - Fiscalidad - IVA - Directiva 2006/112/CE - Artículo 148 - Exención de determinadas operaciones destinadas a las embarcaciones que efectúan un tráfico remunerado de viajeros o que ejercen una actividad comercial - Requisito de afectación a la navegación en alta mar)

2013/C 156/22

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: F. Dintilhac y C. Soulay, agentes)

Demandada: República Francesa (representantes: G. de Bergues, J.-S. Pilczer y D. Colas, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 148, letras a), c), y d), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1) — Exención de determinadas operaciones destinadas a las embarcaciones que efectúan un tráfico remunerado de viajeros o que ejercen una actividad comercial — Requisito de afectación a la navegación en alta mar — Compatibilidad de una medida nacional que amplía indebidamente las exenciones previstas por la Directiva.

Fallo

1)

La República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido y, en concreto, del artículo 148, letras a), c), y d), de dicha Directiva al no supeditar la exención del impuesto sobre el valor añadido de las operaciones contempladas en el artículo 262, parte II, puntos 2, 3, 6 y 7 de la Ley General Tributaria al requisito de la afectación a la navegación en alta mar de las embarcaciones que efectúan un tráfico remunerado de viajeros y de las usadas en el ejercicio de una actividad comercial.

2)

Condenar en costas a la República Francesa.


(1)  DO C 217, de 21.7.2012.


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