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Document 52011AE1596
Opinion of the European Economic and Social Committee on the ‘Amended proposal for a directive of the European Parliament and of the Council laying down standards for the reception of asylum seekers (recast)’ COM(2011) 320 final — 2008/0244 (COD)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo» (texto refundido) COM(2011) 320 final — 2008/0244 (COD)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo» (texto refundido) COM(2011) 320 final — 2008/0244 (COD)
DO C 24 de 28.1.2012, p. 80–80
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 24/80 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo» (texto refundido)
COM(2011) 320 final — 2008/0244 (COD)
2012/C 24/16
El 19 de julio de 2011, conforme al artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la
«Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo (Texto refundido)»
COM(2011) 320 final — 2008/0244 (COD).
Considerando que el Comité ya ha expuesto su opinión sobre el asunto de la propuesta en cuestión en su Dictamen sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo en los Estados miembros (refundición)», aprobado el 16 de julio de 2009 (1), en su 475o Pleno de los días 26 y 27 de octubre de 2011 (sesión del 26 de octubre de 2011) decidió por 148 votos a favor, 1 en contra y 12 abstenciones, no elaborar un nuevo dictamen sobre el asunto y remitirse a la posición mantenida en el documento mencionado más arriba.
Bruselas, 26 de octubre de 2011.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Staffan NILSSON
(1) Dictamen del CESE «Acogida de los solicitantes de asilo en los Estados miembros: normas mínimas», DO C 317 de 23.12.2009, p. 110.