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Document 62019CA0130

    Asunto C-130/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Pleno) de 30 de septiembre de 2021 — Tribunal de Cuentas Europeo / Karel Pinxten [Artículo 286 TFUE, apartado 6 — Incumplimiento de las obligaciones que dimanan del cargo de un miembro del Tribunal de Cuentas Europeo — Privación del derecho a la pensión — Derecho a la tutela judicial efectiva — Conformidad a Derecho de la investigación llevada a cabo por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) — Procedimiento interno del Tribunal de Cuentas — Actividad incompatible con las funciones de miembro del Tribunal de Cuentas — Gastos de misión y dietas — Gastos de representación y de recepción — Utilización del coche oficial — Recurso a los servicios de un chófer — Conflicto de intereses — Proporcionalidad de la sanción]

    DO C 481 de 29.11.2021, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    29.11.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 481/6


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Pleno) de 30 de septiembre de 2021 — Tribunal de Cuentas Europeo / Karel Pinxten

    (Asunto C-130/19) (1)

    (Artículo 286 TFUE, apartado 6 - Incumplimiento de las obligaciones que dimanan del cargo de un miembro del Tribunal de Cuentas Europeo - Privación del derecho a la pensión - Derecho a la tutela judicial efectiva - Conformidad a Derecho de la investigación llevada a cabo por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) - Procedimiento interno del Tribunal de Cuentas - Actividad incompatible con las funciones de miembro del Tribunal de Cuentas - Gastos de misión y dietas - Gastos de representación y de recepción - Utilización del coche oficial - Recurso a los servicios de un chófer - Conflicto de intereses - Proporcionalidad de la sanción)

    (2021/C 481/09)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Tribunal de Cuentas Europeo (representantes: inicialmente C. Lesauvage, J. Vermer y É. von Bardeleben, posteriormente C. Lesauvage, agentes)

    Demandado: Karel Pinxten (representante: L. Levi, avocate)

    Fallo

    1.

    Desestimar la demanda del Sr. Karel Pinxten de que se suspenda el procedimiento hasta que se resuelva el proceso penal incoado por las autoridades luxemburguesas a raíz de la transmisión, a dichas autoridades, del informe de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) relativo al caso n.o OC/2016/0069/A 1.

    2.

    Desestimar la demanda del Sr. Karel Pinxten de que se ordene al Tribunal de Cuentas Europeo comunicar un informe elaborado tras una auditoría interna y las medidas adoptadas a raíz de dicho informe, así como toda nota de dicha institución relativa al eventual menoscabo de la independencia del auditor interno.

    3.

    Retirar de los autos el correo electrónico del Presidente del Tribunal de Cuentas Europeo remitido, el 13 de febrero de 2019, a los demás miembros de dicha institución y a su Secretario General, aportado por el Sr. Karel Pinxten en el anexo B.10 de su escrito de contestación.

    4.

    El Sr. Karel Pinxten ha incumplido las obligaciones que dimanan del cargo de miembro del Tribunal de Cuentas Europeo, en el sentido del artículo 286 TFUE, apartado 6, en lo que respecta a:

    el ejercicio no declarado e ilícito de una actividad en el seno del órgano de dirección de un partido político;

    el uso abusivo de los recursos del Tribunal de Cuentas para financiar actividades no relacionadas con las funciones de miembro de dicha institución, en la medida en que se declara en los apartados 387 a 799 de la presente sentencia;

    el uso de una tarjeta de combustible para adquirir combustible destinado a vehículos pertenecientes a terceros; y

    la creación de un conflicto de intereses en el marco de una relación con el responsable de una entidad auditada.

    5.

    Privar al Sr. Karel Pinxten de dos tercios de derecho a pensión a partir de la fecha en que se dicte la presente sentencia.

    6.

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    7.

    El Tribunal de Justicia no es competente para pronunciarse sobre la demanda de indemnización de daños y perjuicios presentada por el Sr. Karel Pinxten.

    8.

    Condenar al Sr. Karel Pinxten a cargar, además de con sus propias costas, con aquellas en que haya incurrido el Tribunal de Cuentas Europeo.


    (1)  DO C 148 de 29.4.2019


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