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Document 62017TA0542
Case T-542/17: Judgment of the General Court of 6 June 2019 — EIB v Syria (Arbitration clause — Port of Tartous Loan Agreement No 22057 — Non-performance of the agreement — Repayment of the sums advanced — Default interest — Procedure by default)
Asunto T-542/17: Sentencia del Tribunal General de 6 de junio de 2019 — BEI/Siria («Cláusula compromisoria — Acuerdo de préstamo “Port of Tartous” n.o 22057 — Incumplimiento del acuerdo — Reembolso de las cantidades adelantadas — Intereses de demora — Procedimiento en rebeldía»)
Asunto T-542/17: Sentencia del Tribunal General de 6 de junio de 2019 — BEI/Siria («Cláusula compromisoria — Acuerdo de préstamo “Port of Tartous” n.o 22057 — Incumplimiento del acuerdo — Reembolso de las cantidades adelantadas — Intereses de demora — Procedimiento en rebeldía»)
DO C 280 de 19.8.2019, p. 34–34
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
19.8.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 280/34 |
Sentencia del Tribunal General de 6 de junio de 2019 — BEI/Siria
(Asunto T-542/17) (1)
(«Cláusula compromisoria - Acuerdo de préstamo “Port of Tartous” n.o 22057 - Incumplimiento del acuerdo - Reembolso de las cantidades adelantadas - Intereses de demora - Procedimiento en rebeldía»)
(2019/C 280/49)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Banco Europeo de Inversiones (representantes: inicialmente P. Chamberlain, T. Gilliams, F. Oxangoiti Briones y J. Shirran, posteriormente F. Oxangoiti Briones, J. Klein y J. Shirran, agentes, asistidos por D. Arts, abogado, y T. Cusworth, Solicitor)
Demandada: República Árabe Siria
Objeto
Recurso basado en el artículo 272 TFUE y por el que se solicita que se condene a la República Árabe Siria a abonar todos los importes adeudados en el marco del acuerdo de préstamo «Port of Tartous» n.o 80212, más los intereses de demora.
Fallo
1) |
Condenar a la República Árabe Siria a abonar a la Unión Europea, representada por el Banco Europeo de Inversiones (BEI), el importe de 20 609 429,45 euros. |
2) |
Esta suma devengará intereses de demora, calculados según el método establecido en el artículo 3, apartado 2, del acuerdo de préstamo «Port of Tartous», n.o 22057, celebrado entre el BEI y la República Árabe Siria el 22 de mayo de 2003, en sus versiones modificadas el 17 de mayo de 2006, el 21 de mayo de 2007 y el 10 de julio de 2008, sobre los importes principales y sobre los intereses contractuales, desde el 9 de agosto de 2017 hasta la fecha de pago. |
3) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
4) |
Condenar en costas a la República Árabe Siria. |