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Document 62017CN0675
Case C-675/17: Request for a preliminary ruling from the Consiglio di Stato lodged on 30 November 2017 — Ministero della Salute v Hannes Preindl
Asunto C-675/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 30 de noviembre de 2017 — Ministero della Salute / Hannes Preindl
Asunto C-675/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 30 de noviembre de 2017 — Ministero della Salute / Hannes Preindl
DO C 52 de 12.2.2018, p. 23–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.2.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 52/23 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 30 de noviembre de 2017 — Ministero della Salute / Hannes Preindl
(Asunto C-675/17)
(2018/C 052/33)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Ministero della Salute
Recurrida: Hannes Preindl
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Obligan los artículos 21, 22 y 24 de la Directiva [2005/36/CE] (1) a un Estado miembro, en el que rige la obligación de formación a tiempo completo y la prohibición correlativa de matricularse simultáneamente en dos carreras universitarias, a reconocer automáticamente los títulos obtenidos, en cambio, en el Estado miembro de origen de forma simultánea o en períodos parcialmente superpuestos? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa, ¿pueden interpretarse el artículo 22, letra a), y el artículo 21 de la Directiva en el sentido de que la autoridad del Estado miembro al que se solicita el reconocimiento dispone, no obstante, de la facultad de verificar si concurre el requisito de que «la duración total, el nivel y la calidad de la formación en cuestión no sean inferiores a los de la formación a tiempo completo»? |
(1) Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (DO 2005, L 255, p. 22).