EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62015CA0207

Asunto C-207/15 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 22 de junio de 2016 — Nissan Jidosha KK/Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea [Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Marca figurativa que incluye el elemento verbal «CVTC» — Solicitudes de renovación presentadas para una parte de los productos o servicios para los que está registrada la marca — Plazo adicional — Reglamento (CE) n.° 207/2009 — Artículo 47 — Principio de seguridad jurídica]

DO C 314 de 29.8.2016, p. 4–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.8.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 314/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 22 de junio de 2016 — Nissan Jidosha KK/Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

(Asunto C-207/15 P) (1)

([Recurso de casación - Marca de la Unión Europea - Marca figurativa que incluye el elemento verbal «CVTC» - Solicitudes de renovación presentadas para una parte de los productos o servicios para los que está registrada la marca - Plazo adicional - Reglamento (CE) n.o 207/2009 - Artículo 47 - Principio de seguridad jurídica])

(2016/C 314/06)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Nissan Jidosha KK (representantes: B. Brandreth, Barrister, y D. Cañadas Arcas, abogada)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Hanf y A. Folliard-Monguiral, agentes)

Fallo

1)

Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 4 de marzo de 2015, Nissan Jidosha/OAMI (CVTC) (T-572/12, no publicada, EU:T:2015:136).

2)

Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 6 de septiembre de 2012 (asunto R 2469/2011-1), relativa a una solicitud de renovación del registro de la marca figurativa de la Unión CVTC.

3)

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de Nissan Jidosha KK, correspondientes tanto al procedimiento de primera instancia en el asunto T-572/12 como al recurso de casación.


(1)  DO C 262 de 10.8.2015.


Top