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Document 62008CN0355

Asunto C-355/08 P: Recurso de casación interpuesto el 30 de julio de 2008 por WWF-UK Ltd contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) el 2 de junio de 2008 en el asunto T-91/07, WWF-UK Ltd/Consejo de la Unión Europea

DO C 260 de 11.10.2008, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.10.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 260/10


Recurso de casación interpuesto el 30 de julio de 2008 por WWF-UK Ltd contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) el 2 de junio de 2008 en el asunto T-91/07, WWF-UK Ltd/Consejo de la Unión Europea

(Asunto C-355/08 P)

(2008/C 260/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: WWF-UK Ltd (representantes: R. Stein, Solicitor, P. Sands y J. Simor, Barristers)

Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule el auto de 5 de junio de 2008 y que se declare admisible el recurso de WWF ante el Tribunal de Primera Instancia.

Que se condene al Consejo y a la Comisión al pago de las costas de este proceso y del sustanciado ante el Tribunal de Primera Instancia.

Motivos y principales alegaciones

1)

El Tribunal de Primera Instancia declaró erróneamente que la capacidad de WWF para participar en el procedimiento de adopción de decisiones en su calidad de miembro del Consejo Consultivo Regional (CCR) y la obligación del Consejo de considerar su punto de vista antes de adoptar medidas al respecto no bastaban para distinguirlo «individualmente» en el sentido del artículo 230 CE. El Tribunal de Primera Instancia incurrió en un error al considerar que WWF no tenía derechos procedimentales, manteniendo que éstos únicamente pertenecían al CCR y no a sus miembros.

2)

El Tribunal de Primera Instancia consideró erróneamente que incluso admitiendo que WWF tuviera «legitimación activa», la protección judicial no tendría por objeto la salvaguarda de los derechos procedimentales de WWF, de modo que WWF no precisaba de protección judicial. Este es un modo incorrecto de enfocar la cuestión de la «legitimación activa». Siempre que pueda demostrar que está afectado «directa e individualmente», el demandante puede impugnar la legalidad de la medida en cuestión, lo que WWF pretende hacer en este caso. La legitimación de WWF no está limitada a la impugnación de un vicio de procedimiento, como sugiere el Tribunal de Primera Instancia.

3)

El auto del Tribunal de Primera Instancia viola el derecho a un procedimiento justo. El Tribunal de Primera Instancia puso fin al procedimiento tras recibir la memoria en intervención de la Comisión de 21 de noviembre de 2007, a pesar de haber acordado el 27 de septiembre de 2007 que WWF debía tener la posibilidad de responder a las eventuales observaciones de la Comisión. No se autorizó a WWF a presentar observaciones como respuesta. Sin embargo, WWF remitió observaciones que el Tribunal de Primera Instancia no tuvo en cuenta antes de adoptar su decisión, en la que no hace ninguna referencia a esas observaciones que WWF presentó en respuesta a la Comisión. Por consiguiente, se ha producido una grave violación del derecho a un procedimiento justo y se ha vulnerado el principio de imparcialidad del Tribunal de Primera Instancia.


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