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Document 62007CA0303

Asunto C-303/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 18 de junio de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — en el procedimiento iniciado por Aberdeen Property Fininvest Alpha Oy (Libertad de establecimiento — Directiva 90/435/CEE — Impuesto sobre sociedades — Distribución de dividendos — Retención en origen sobre los dividendos abonados a sociedades no residentes distintas de las sociedades en el sentido de dicha Directiva — Exención de los dividendos abonados a sociedades residentes)

DO C 180 de 1.8.2009, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 180/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 18 de junio de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — en el procedimiento iniciado por Aberdeen Property Fininvest Alpha Oy

(Asunto C-303/07) (1)

(Libertad de establecimiento - Directiva 90/435/CEE - Impuesto sobre sociedades - Distribución de dividendos - Retención en origen sobre los dividendos abonados a sociedades no residentes distintas de las sociedades en el sentido de dicha Directiva - Exención de los dividendos abonados a sociedades residentes)

2009/C 180/07

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Aberdeen Property Fininvest Alpha Oy

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Korkein hallinto-oikeus — Interpretación de los artículos 43 CE, 48 CE, 56 CE y 58 CE y del artículo 2, letra a), de la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y fiscales de Estados miembros diferentes (DO L 225, p. 6) — Retención en origen sobre los dividendos distribuidos a una sociedad matriz establecida en otro Estado miembro, pero exención de los dividendos repartidos a una sociedad matriz establecida en el territorio nacional — Sujeto pasivo no contemplado en la Directiva matriz-filial — Convenio fiscal — Obstáculo a las libertades fundamentales — Situación comparable

Fallo

Los artículos 43 CE y 48 CE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la normativa de un Estado miembro que exime de retención en origen a los dividendos distribuidos por una filial residente en dicho Estado a una sociedad anónima establecida en este mismo Estado, pero que somete a dicha retención en origen a dividendos similares abonados a una sociedad matriz de tipo «société d’investissement à capital variable» (SICAV) residente en otro Estado miembro, que reviste una forma jurídica que no está prevista en el ordenamiento jurídico del primer Estado, que no está incluida en la lista de sociedades recogidas en el artículo 2, letra a), de la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes, en su versión modificada por la Directiva 2003/123/CE, del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, y que está exenta del impuesto sobre la renta en virtud de la normativa del otro Estado miembro.


(1)  DO C 211, de 8.9.2007.


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