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Document 52009AP0034

Conservación de las aves silvestres ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2009 , sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres (versión codificada) (COM(2009)0129 – C6-0102/2009 – 2009/0043(COD))

DO C 265E de 30.9.2010, p. 35–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.9.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 265/35


Martes, 20 de octubre de 2009
Conservación de las aves silvestres (versión codificada) ***I

P7_TA(2009)0034

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2009, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres (versión codificada) (COM(2009)0129 – C6-0102/2009 – 2009/0043(COD))

2010/C 265 E/13

(Procedimiento de codecisión – codificación)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0129),

Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 175 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0102/2009),

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 20 de diciembre de 1994, sobre un método de trabajo acelerado con vistas a la codificación oficial de los textos legislativos (1),

Vistos los artículos 86 y 55 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0024/2009),

A.

Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión se limita a una codificación pura y simple de los textos existentes, sin ninguna modificación sustancial de los mismos,

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión adaptada a las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 102 de 4.4.1996, p. 2.


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