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Document 62019TA0027

    Asunto T-27/19: Sentencia del Tribunal General de 2 de febrero de 2022 — Pilatus Bank y Pilatus Holding/BCE («Política económica y monetaria — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE — Decisión por la que se revoca la autorización de una entidad de crédito — Inculpación del accionista principal en un país tercero — Criterio de buena reputación — Percepción de la buena reputación por el mercado — Presunción de inocencia — Proporcionalidad — Derecho de defensa»)

    DO C 128 de 21.3.2022, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 128 de 21.3.2022, p. 8–8 (GA)

    21.3.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 128/16


    Sentencia del Tribunal General de 2 de febrero de 2022 — Pilatus Bank y Pilatus Holding/BCE

    (Asunto T-27/19) (1)

    («Política económica y monetaria - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE - Decisión por la que se revoca la autorización de una entidad de crédito - Inculpación del accionista principal en un país tercero - Criterio de buena reputación - Percepción de la buena reputación por el mercado - Presunción de inocencia - Proporcionalidad - Derecho de defensa»)

    (2022/C 128/22)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Pilatus Bank plc (Ta’Xbiex, Malta), Pilatus Holding Ltd. (Ta’Xbiex) (representante: O. Behrends, abogado)

    Demandada: Banco Central Europeo (representantes: E. Yoo, M. Puidokas y A. Karpf, agentes)

    Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: D. Triantafyllou, A. Nijenhuis y A. Steiblytė, agentes)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión del BCE de 2 de noviembre de 2018 mediante la que se revoca a Pilatus Bank su autorización para acceder a las actividades de entidad de crédito.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Pilatus Bank plc y Pilatus Holding Ltd. cargarán con sus propias costas y con las del Banco Central Europeo (BCE).

    3)

    La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


    (1)  DO C 72 de 25.2.2019.


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