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Document 62018TN0139

    Asunto T-139/18: Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2018 — Avio/Comisión

    DO C 142 de 23.4.2018, p. 68–68 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.4.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 142/68


    Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2018 — Avio/Comisión

    (Asunto T-139/18)

    (2018/C 142/87)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Demandante: Avio SpA (Roma, Italia) (representantes: G. Roberti, G. Bellitti e I. Perego, abogados)

    Demandada: Comisión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    En cuanto al fondo, anule la Decisión de la Comisión C(2016) 4621 final, de 20 de julio de 2016, relativa a la autorización, conforme al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas, de la operación de concentración «ASL/Arianespace», asunto COMP/M.7724.

    En el ámbito de las diligencias de prueba, ordene a la Comisión, de conformidad con los artículos 88, 89 y 91, letra b) del Reglamento de Procedimiento, la presentación de los documentos contemplados en la Sección III del presente recurso.

    Condene en costas a la Comisión.

    Motivos y principales alegaciones

    El presente recurso se dirige contra la Decisión de la Comisión C(2016) 4621 final, de 20 de julio de 2016, relativa a la autorización, conforme al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas, de la operación de concentración «ASL/Arianespace», asunto COMP/M.7724, publicada en su versión no confidencial el 11 de diciembre de 2017.

    En apoyo de su recurso, la demandante invoca dos motivos.

    1.

    La Comisión ha incurrido en un error manifiesto de apreciación y en una deficiencia de instrucción y de motivación, al no haber analizado correctamente el riesgo de exclusión del mercado de los lanzadores gestionados por Arianespace, en particular, en relación con la capacidad, los incentivos y los efectos contrarios a la competencia.

    2.

    La Comisión ha incurrido en un error manifiesto de apreciación, al no haber solicitado la asunción de compromisos respecto al mercado de los lanzadores gestionados por Arianespace, esencialmente en relación con los riesgos para la competencia vinculados al conflicto de intereses en Araianespace y al riesgo de intercambio de datos sensibles entre Arianespace y ASL.


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