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Document 62016CA0453

    Asunto C-453/16 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de noviembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra Halil Ibrahim Özçelik (Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Cooperación policial y judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Artículo 8, apartado 1, letra c) — Concepto de «orden de detención» — Concepto autónomo del Derecho de la Unión — Orden de detención nacional emitida por un servicio de policía y ratificada por un fiscal a efectos del ejercicio de una acción penal)

    DO C 14 de 16.1.2017, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.1.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 14/17


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de noviembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra Halil Ibrahim Özçelik

    (Asunto C-453/16 PPU) (1)

    ((Procedimiento prejudicial - Procedimiento prejudicial de urgencia - Cooperación policial y judicial en materia penal - Orden de detención europea - Decisión Marco 2002/584/JAI - Artículo 8, apartado 1, letra c) - Concepto de «orden de detención» - Concepto autónomo del Derecho de la Unión - Orden de detención nacional emitida por un servicio de policía y ratificada por un fiscal a efectos del ejercicio de una acción penal))

    (2017/C 014/21)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Rechtbank Amsterdam

    Partes en el procedimiento principal

    Halil Ibrahim Özçelik

    Fallo

    El artículo 8, apartado 1, letra c), de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, debe interpretarse en el sentido de que constituye una «resolución judicial», a efectos de dicha disposición, una ratificación, como la controvertida en el asunto principal, por el Ministerio Fiscal, de una orden de detención nacional emitida anteriormente, con el fin de ejercitar una acción penal, por un servicio de policía.


    (1)  DO C 383 de 17.10.2016.


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