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Document 62015CG0002
Opinion 2/15: Opinion of the Court (Full Court) of 16 May 2017 — European Commission (Opinion pursuant to Article 218(11) TFEU — Free Trade Agreement between the European Union and the Republic of Singapore — ‘New generation’ trade agreement negotiated after the entry into force of the EU and FEU Treaties — Competence to conclude the agreement — Article 3(1)(e) TFEU — Common commercial policy — Article 207(1) TFEU — Trade in goods and services — Foreign direct investment — Public procurement — Commercial aspects of intellectual property — Competition — Trade with third States and sustainable development — Social protection of workers — Environmental protection — Article 207(5) TFEU — Services in the field of transport — Article 3(2) TFEU — International agreement which may affect common rules or alter their scope — Rules of secondary EU law concerning freedom to provide services in the field of transport — Non-direct foreign investment — Article 216 TFEU — Agreement necessary in order to achieve one of the objectives of the Treaties — Free movement of capital and of payments between Member States and third States — Succession of treaties concerning investment — Replacement of the investment agreements between Member States and the Republic of Singapore — Institutional provisions of the agreement — Investor-State dispute settlement — Dispute settlement between the Parties)
Dictamen 2/15: Dictamen del Tribunal de Justicia (Pleno) de 16 de mayo 2017 — Comisión Europea (Dictamen emitido con arreglo al artículo 218 TFUE, apartado 11 — Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur — Acuerdo «de nueva generación» negociado después de la entrada en vigor de los Tratados UE y FUE — Competencia para celebrar el Acuerdo — Artículo 3 TFUE, apartado 1, letra e) — Política comercial común — Artículo 207 TFUE, apartado 1 — Comercio de mercancías y de servicios — Inversiones extranjeras directas — Contratación pública — Aspectos comerciales de la propiedad intelectual e industrial — Competencia — Comercio con los terceros Estados y desarrollo sostenible — Protección social de los trabajadores — Protección del medio ambiente — Artículo 207 TFUE, apartado 5 — Servicios en el ámbito de los transportes — Artículo 3 TFUE, apartado 2 — Acuerdo internacional que puede afectar a normas comunes o alterar el alcance de las mismas — Normas de Derecho derivado de la Unión en materia de libre prestación de servicios en el ámbito de los transportes — Inversiones extranjeras distintas de las directas — Artículo 216 TFUE — Acuerdo necesario para alcanzar alguno de los objetivos de los Tratados — Libre circulación de capitales y de pagos entre Estados miembros y terceros Estados — Sucesión de tratados en materia de inversiones — Sustitución de acuerdos de inversión entre Estados miembros y la República de Singapur — Disposiciones institucionales del Acuerdo — Solución de diferencias entre inversores y Estados — Solución de diferencias entre las Partes)
Dictamen 2/15: Dictamen del Tribunal de Justicia (Pleno) de 16 de mayo 2017 — Comisión Europea (Dictamen emitido con arreglo al artículo 218 TFUE, apartado 11 — Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur — Acuerdo «de nueva generación» negociado después de la entrada en vigor de los Tratados UE y FUE — Competencia para celebrar el Acuerdo — Artículo 3 TFUE, apartado 1, letra e) — Política comercial común — Artículo 207 TFUE, apartado 1 — Comercio de mercancías y de servicios — Inversiones extranjeras directas — Contratación pública — Aspectos comerciales de la propiedad intelectual e industrial — Competencia — Comercio con los terceros Estados y desarrollo sostenible — Protección social de los trabajadores — Protección del medio ambiente — Artículo 207 TFUE, apartado 5 — Servicios en el ámbito de los transportes — Artículo 3 TFUE, apartado 2 — Acuerdo internacional que puede afectar a normas comunes o alterar el alcance de las mismas — Normas de Derecho derivado de la Unión en materia de libre prestación de servicios en el ámbito de los transportes — Inversiones extranjeras distintas de las directas — Artículo 216 TFUE — Acuerdo necesario para alcanzar alguno de los objetivos de los Tratados — Libre circulación de capitales y de pagos entre Estados miembros y terceros Estados — Sucesión de tratados en materia de inversiones — Sustitución de acuerdos de inversión entre Estados miembros y la República de Singapur — Disposiciones institucionales del Acuerdo — Solución de diferencias entre inversores y Estados — Solución de diferencias entre las Partes)
DO C 239 de 24.7.2017, p. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.7.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 239/3 |
Dictamen del Tribunal de Justicia (Pleno) de 16 de mayo 2017 — Comisión Europea
(Dictamen 2/15) (1)
((Dictamen emitido con arreglo al artículo 218 TFUE, apartado 11 - Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur - Acuerdo «de nueva generación» negociado después de la entrada en vigor de los Tratados UE y FUE - Competencia para celebrar el Acuerdo - Artículo 3 TFUE, apartado 1, letra e) - Política comercial común - Artículo 207 TFUE, apartado 1 - Comercio de mercancías y de servicios - Inversiones extranjeras directas - Contratación pública - Aspectos comerciales de la propiedad intelectual e industrial - Competencia - Comercio con los terceros Estados y desarrollo sostenible - Protección social de los trabajadores - Protección del medio ambiente - Artículo 207 TFUE, apartado 5 - Servicios en el ámbito de los transportes - Artículo 3 TFUE, apartado 2 - Acuerdo internacional que puede afectar a normas comunes o alterar el alcance de las mismas - Normas de Derecho derivado de la Unión en materia de libre prestación de servicios en el ámbito de los transportes - Inversiones extranjeras distintas de las directas - Artículo 216 TFUE - Acuerdo necesario para alcanzar alguno de los objetivos de los Tratados - Libre circulación de capitales y de pagos entre Estados miembros y terceros Estados - Sucesión de tratados en materia de inversiones - Sustitución de acuerdos de inversión entre Estados miembros y la República de Singapur - Disposiciones institucionales del Acuerdo - Solución de diferencias entre inversores y Estados - Solución de diferencias entre las Partes))
(2017/C 239/03)
Lengua de procedimiento: todas las lenguas oficiales
Parte solicitante
Comisión Europea (representantes: U. Wölker, B. De Meester, R. Vidal-Puig y M. Kocjan, agentes)
Fallo
El Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur está incluido en el ámbito de la competencia exclusiva de la Unión, con excepción de las disposiciones siguientes, que corresponden a una competencia compartida entre la Unión y los Estados miembros:
— |
las disposiciones de la sección A (Protección de las inversiones) del capítulo 9 (Inversiones) del Acuerdo, en la medida en que se refieran a las inversiones entre la Unión y la República de Singapur distintas de las directas; |
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las disposiciones de la sección B (Solución de diferencias entre un inversor y un Estado) de ese capítulo 9, y |
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las disposiciones de los capítulos 1 (Objetivos y definiciones generales), 14 (Transparencia), 15 (Solución de diferencias entre las Partes), 16 (Mecanismo de mediación) y 17 (Disposiciones institucionales, generales y finales) del Acuerdo, en la medida en que se refieran a las disposiciones del mencionado capítulo 9 y en tanto en cuanto estas últimas se incluyan en el ámbito de una competencia compartida entre la Unión y los Estados miembros. |