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Document 62015CA0329

Asunto C-329/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 13 de septiembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy — Polonia) ENEA S.A./Prezes Urzędu Regulacji Energetyki (Procedimiento prejudicial — Ayudas de Estado — Concepto de «ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales» — Obligación de una sociedad de capitales del sector energético, cuyo único propietario es el Estado, de comprar la energía producida mediante cogeneración con la producción de calor)

DO C 382 de 13.11.2017, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 13 de septiembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy — Polonia) ENEA S.A./Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

(Asunto C-329/15) (1)

((Procedimiento prejudicial - Ayudas de Estado - Concepto de «ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales» - Obligación de una sociedad de capitales del sector energético, cuyo único propietario es el Estado, de comprar la energía producida mediante cogeneración con la producción de calor))

(2017/C 382/05)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Najwyższy

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ENEA S.A.

Recurrida: Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

Fallo

El artículo 107 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que una medida nacional, como la examinada en el litigio principal, que impone a las empresas, ya sean públicas o privadas, una obligación de compra de electricidad generada mediante cogeneración con la producción de calor no constituye una intervención estatal o mediante fondos estatales.


(1)  DO C 320 de 28.9.2015.


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