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Document 62014CN0533
Case C-533/14: Request for a preliminary ruling from the Hoge Raad der Nederlanden (Netherlands) lodged on 24 November 2014 — Toorank Productions BV v Staatssecretaris van Financiën
Asunto C-533/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 24 de noviembre de 2014 — Toorank Productions BV/Staatssecretaris van Financiën
Asunto C-533/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 24 de noviembre de 2014 — Toorank Productions BV/Staatssecretaris van Financiën
DO C 65 de 23.2.2015, p. 21–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
23.2.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 65/21 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 24 de noviembre de 2014 — Toorank Productions BV/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-533/14)
(2015/C 065/32)
Lengua de procedimiento: Neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Toorank Productions BV
Demandada: Staatssecretaris van Financiën
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse la partida 2206 de la NC en el sentido de que ha de clasificarse en esta partida una bebida obtenida mediante la fermentación de concentrado de manzana, denominada «Ferm fruit», que también se utiliza como bebida de base para la obtención de otras bebidas, que tiene un grado alcohólico de 16 % vol, es neutral en cuanto atañe a su color, aroma y sabor como consecuencia de su purificación (entre otros medios, mediante ultrafiltración), y a la que no se ha añadido alcohol destilado? En caso de respuesta afirmativa, ¿debe interpretarse la partida 2208 de la NC en el sentido de que una bebida como ésta ha de clasificarse en esta partida? |
2) |
¿Debe interpretarse la partida 2206 de la NC en el sentido de que ha de clasificarse en dicha partida una bebida con un grado alcohólico de 14 % vol, obtenida mezclando la bebida (de base) descrita en la cuestión 1 con azúcar, aromas, colorantes, espesantes y conservantes y que no contiene alcohol destilado? En caso de respuesta negativa, ¿debe interpretarse la partida 2208 de la NC en el sentido de que ha de clasificarse en dicha partida una bebida como ésta? |