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Document 62013TN0098
Case T-98/13: Action brought on 20 February 2013 — CMT v OHIM — Camomilla (Camomilla)
Asunto T-98/13: Recurso interpuesto el 20 de febrero de 2013 — CMT/OAMI — Camomilla (Camomilla)
Asunto T-98/13: Recurso interpuesto el 20 de febrero de 2013 — CMT/OAMI — Camomilla (Camomilla)
DO C 141 de 18.5.2013, p. 19–20
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
18.5.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 141/19 |
Recurso interpuesto el 20 de febrero de 2013 — CMT/OAMI — Camomilla (Camomilla)
(Asunto T-98/13)
2013/C 141/35
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Demandante: CMT Compagnia manifatture tessili Srl (CMT Srl) (Nápoles, Italia) (representantes: G. Floridia y R. Floridia, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Camomilla SpA (Buccinasco, Italia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 29 de noviembre de 2012 en el procedimiento R 1615/2011-1, toda vez que concurren los presupuestos de la causa de nulidad absoluta contemplados en el artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009, basada en la mala fe del titular de la marca comunitaria en el momento del registro y de la causa de nulidad relativa contemplados en el artículo 53, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del R.M.C. |
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Con carácter subsidiario, y únicamente en el supuesto en que el Tribunal General considere inadmisibles los documentos presentados junto al escrito de interposición del recurso de apelación ante la Sala de Recurso y considere tales documentos esenciales para estimar el recurso, anule la resolución impugnada por menoscabo del derecho a ser oído y por vulneración del derecho de defensa y devuelva el asunto a la División de Anulación para que se pronuncie sobre el fondo. |
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En todo caso, conmine a la OAMI a adoptar todas las medidas necesarias para cumplir la sentencia del Tribunal General. |
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Condene a la OAMI a cargar con las costas del presente procedimiento y al titular a cargar con las costas del procedimiento ante la División de Anulación y la Sala de Recurso. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: Marca figurativa con elemento denominativo «Camomilla» para productos de las clases 16, 18 y 24 — marca comunitaria no 269.241
Titular de la marca comunitaria: Camomilla SpA
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante
Motivación de la solicitud de nulidad: Marca nacional figurativa con elemento denominativo «CAMOMILLA» para productos de la clase 25
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción de los artículos 52, apartado 1, letra b), y 53, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009.