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Document 62013FB0119

Asunto F-119/13: Auto del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 20 de julio de 2016 — Martens y Olsson/Comisión (Función pública — Funcionarios — Pensiones — Artículo 11, apartado 2, del anexo VIII del Estatuto — Derechos a pensión adquiridos, antes de la entrada al servicio de la Unión, en un régimen nacional de pensiones — Transferencia al régimen de pensiones de la Unión — Propuesta de bonificación de anualidades — Excepción de inadmisibilidad — Concepto de acto lesivo — Artículo 83 del Reglamento de Procedimiento)

DO C 364 de 3.10.2016, pp. 47–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.10.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 364/47


Auto del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 20 de julio de 2016 — Martens y Olsson/Comisión

(Asunto F-119/13) (1)

((Función pública - Funcionarios - Pensiones - Artículo 11, apartado 2, del anexo VIII del Estatuto - Derechos a pensión adquiridos, antes de la entrada al servicio de la Unión, en un régimen nacional de pensiones - Transferencia al régimen de pensiones de la Unión - Propuesta de bonificación de anualidades - Excepción de inadmisibilidad - Concepto de acto lesivo - Artículo 83 del Reglamento de Procedimiento))

(2016/C 364/60)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Lieve Martens (Kessel-Lo, Bélgica) y Björn Mikael Olsson (Bruselas, Bélgica) (representantes: inicialmente D. de Abreu Caldas y J.-N. Louis, abogados, y posteriormente J.-N. Louis, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente J. Currall y G. Gattinara, agentes, posteriormente G. Gattinara, agente, y finalmente G. Gattinara y F. Simonetti, agentes)

Objeto

Demanda de anulación de las decisiones sobre la transferencia de los derechos a pensión de los demandantes al régimen de pensiones de la Unión que aplican las nuevas DGA relativas a los artículos 11 y 12 del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

La Sra. Lieve Martens y el Sr. Björn Mikael Olsson cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 129 de 28.4.2014, p. 37.


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