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Document 62011TA0264

    Asunto T-264/11: Sentencia del Tribunal General de 16 de septiembre de 2013 — De Nicola/BEI ( «Recurso de casación — Función pública — Personal del BEI — Evaluación — Promoción — Ejercicio de evaluación y de promoción 2007 — Decisión del comité de recursos — Acoso moral — Plazo razonable — Solicitud de anulación — Pretensión de indemnización» )

    DO C 313 de 26.10.2013, p. 22–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.10.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 313/22


    Sentencia del Tribunal General de 16 de septiembre de 2013 — De Nicola/BEI

    (Asunto T-264/11) (1)

    (Recurso de casación - Función pública - Personal del BEI - Evaluación - Promoción - Ejercicio de evaluación y de promoción 2007 - Decisión del comité de recursos - Acoso moral - Plazo razonable - Solicitud de anulación - Pretensión de indemnización)

    2013/C 313/41

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Recurrente: Carlo De Nicola (Strassen, Luxemburgo) (representante: L. Isola, abogado)

    Otra parte en el procedimiento: Banco Europeo de Inversiones (BEI) (representantes: inicialmente T. Gilliams y F. Martin, posteriormente T. Gilliams y G. Nuvoli, agentes, asistidos por A. Dal Ferro, abogado)

    Objeto

    Recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 8 de marzo de 2011, De Nicola/BEI (F-59/09, aún no publicada en la Recopilación), que tiene por objeto que se anule dicha sentencia.

    Fallo

    1)

    Anular la sentencia del Tribunal de la Función Pública (Primera Instancia) de 8 de marzo de 2011, De Nicola/BEI (F-59/09), en la medida en que desestima, por una parte, las pretensiones del Sr. Carlo De Nicola dirigidas a obtener la anulación de la decisión del comité de recursos del Banco Central Europeo (BEI) y, por otra parte, sus pretensiones dirigidas a que se le reparen los perjuicios que alega haber sufrido como consecuencia del acoso que el BEI ejerció contra él.

    2)

    Desestimar el recurso de casación principal en todo lo demás.

    3)

    Devolver el asunto al Tribunal de la Función Pública.

    4)

    Reservar la decisión sobre las costas.


    (1)  DO C 211, de 16.7.2011.


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