EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62009CN0549

Asunto C-549/09: Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República Francesa

DO C 80 de 27.3.2010, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

27.3.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 80/11


Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República Francesa

(Asunto C-549/09)

2010/C 80/18

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: E. Gippini Fournier y K. Walkerová, agentes)

Demandada: República Francesa

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 288 TFUE, párrafo cuarto, y de los artículos 4 y 5 de la Decisión de la Comisión, de 14 de julio de 2004, sobre determinadas medidas de ayuda aplicadas por Francia a los acuicultores y pescadores, (1) al no haber cumplido dicha Decisión mediante la recuperación de las ayudas a los beneficiarios declaradas ilegales e incompatibles con el mercado común por los artículos 2 y 3 de la misma, y al no haber informado a la Comisión de las medidas adoptadas para cumplirla.

Que se condene en costas a la República Francesa.

Motivos y principales alegaciones

Mediante su recurso, la Comisión imputa a la demandada que todavía no ha adoptado las medidas necesarias para recuperar «sin demora» las ayudas a los beneficiarios declaradas ilegales e incompatibles con el mercado común o, en cualquier caso, que no las ha comunicado a la Comisión.

Según la demandante, en efecto, Francia debía informar a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la Decisión, de las medidas adoptadas para cumplirla. Sin embargo, han transcurrido más de cinco años desde la recepción de dicha Decisión por las autoridades francesas, sin que se haya efectuado reintegro alguno de la ayuda concedida.

La demandante recuerda además que, según reiterada jurisprudencia, el único motivo que un Estado miembro puede invocar contra el recurso de incumplimiento interpuesto por la Comisión con arreglo al artículo 108 TFUE, apartado 2, es el basado en la imposibilidad absoluta de ejecución. No obstante, las autoridades francesas en ningún momento han alegado dificultades excepcionales e imprevisibles, que hagan imposible el cumplimiento. Sólo han indicado que pretenden adoptar las medidas de recuperación pertinentes conjuntamente con otro procedimiento de recuperación de otras ayudas incompatibles.


(1)  Decisión 2005/239/CE de la Comisión, de 14 de julio de 2004, sobre determinadas medidas de ayuda aplicadas por Francia a los acuicultores y pescadores (DO 2005, L 74, p. 49).


Top