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Document 52010XC1229(01)

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n ° 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n ° 70/2001

DO C 355 de 29.12.2010, p. 27–33 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 355/27


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2010/C 355/08

Ayuda no: XA 154/10

Estado miembro: Republica de Eslovenia

Región: Območje Občine Benedikt

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Podpora programom razvoja podeželja v Občini Benedikt 2010–2013

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči, pomoči de minimis in izvajanju drugih ukrepov za ohranjanje in razvoj kmetijstva ter podeželja v Občini Benedikt (II Poglavje)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 2010 — 17 293 EUR

2011 — 17 293 EUR

2012 — 17 293 EUR

2013 — 17 293 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas,

hasta el 40 % de los costes subvencionables en las demás zonas,

60 % en las zonas desfavorecidas, y 50 % en las demás zonas, cuando se trate de inversiones realizadas por jóvenes agricultores.

Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 100 % de los costes reales correspondientes a inversiones o instalaciones físicas destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva; esos costes podrán incluir una compensación adecuada por las obras realizadas por el propio agricultor o sus trabajadores, hasta un máximo de 10 000 EUR anuales,

hasta un 60 %, o un 75 % en las zonas desfavorecidas, de los costes reales correspondientes a inversiones o instalaciones físicas destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales con finalidad productiva de las explotaciones, siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación,

hasta el 100 % de los gastos suplementarios que genere la utilización de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales del edificio.

Ayudas para concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes subvencionables.

Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

hasta el 100 % de los costes subvencionables.

Asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes subvencionables mediante servicios subvencionados que no impliquen pagos directos en efectivo a los productores

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME.

Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y costes subvencionables:

El Reglamento relativo a la concesión de ayudas estatales y ayudas de minimis y la aplicación de otras medidas para la conservación y el desarrollo de la agricultura y las zonas rurales en el municipio de Benedikt (Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči, pomoči de minimis in izvajanju drugih ukrepov za ohranjanje in razvoj kmetijstva ter podeželja v Občini Benedikt ) incluye medidas que constituyen una ayuda estatal según lo dispuesto en los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

—   Artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias

—   costes subvencionables: construcción, adquisición o mejora de inmuebles y costes generales relacionados con dichos gastos subvencionables.

—   Artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales

—   costes subvencionables: inversiones para la conservación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva de las explotaciones agrarias (elementos arqueológicos o históricos) y para la conservación de los aspectos patrimoniales con finalidad productiva de las explotaciones, como los edificios agrarios, siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación.

—   Artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria

—   costes subvencionables: gastos legales y administrativos.

—   Artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad

—   costes subvencionables: costes relativos a la educación y formación de agricultores y trabajadores agrarios, servicios de asesoría que no constituyan una actividad continua o periódica, la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos, publicaciones y servicios de sustitución en la explotación agraria. La ayuda se concederá mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

—   Artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario

—   costes subvencionables: costes de las actividades de estudio de mercado y concepción y creación de productos; costes de introducción de sistemas de trazabilidad, sistemas para garantizar el respeto de la autenticidad y las normas de comercialización o sistemas de auditoría medioambiental; costes de formación de personal para la aplicación de los métodos y sistemas relacionados con los costes antes mencionados; costes de las tasas percibidas por organismos certificadores por la certificación inicial de sistemas de garantía de la calidad y similares. La ayuda se concederá mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores

Sector o sectores beneficiarios: Todos los sectores de la agricultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Benedikt

Čolnikov trg 5

SI-2234 Benedikt

SLOVENIJA

Dirección web: http://www.uradni-list.si/1/objava.jsp?urlid=201065&objava=3633

Otros datos: —

Župan

Milan GUMZAR

Ayuda no: XA 164/10

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje Občine Piran

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Podpora in ukrepi za razvoj kmetijstva in podeželja v Občini Piran

Base jurídica: Pravilnik o izvajanju pomoči za razvoj kmetijstva in podeželja v Občini Piran za programsko obdobje 2011–2013 (poglavje IV)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 2011 — 75 000 EUR

2012 — 82 000 EUR

2013 — 90 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1)

Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables para las inversiones en explotaciones agrarias en las zonas desfavorecidas,

hasta el 40 % en otras zonas.

2)

Ayudas para inversiones destinadas a la conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 100 % de los costes de preparación de la documentación del proyecto para la reconstrucción y renovación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva de las explotaciones agrarias,

hasta el 60 %, o hasta el 75 % en las zonas desfavorecidas, de los costes de preparación de la documentación del proyecto para la reconstrucción de los aspectos patrimoniales con finalidad productiva de las explotaciones, siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación.

3)

Ayudas a la concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes efectivos generados por la tramitación jurídica y administrativa, incluidos los costes de inspección.

4)

Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

hasta el 100 % de los costes subvencionables de las actividades de estudio de mercado y concepción y creación de productos, incluidas las ayudas concedidas para la preparación de solicitudes de reconocimiento de indicaciones geográficas y denominaciones de origen o certificados de características específicas de conformidad con la normativa comunitaria pertinente, la implantación de métodos de garantía de la calidad y la formación de personal para la aplicación de dichos métodos y sistemas. La ayuda se concederá mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

5)

Ayudas para la prestación de asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes subvencionables relacionados con la educación y la formación, los servicios de asesoramiento prestados por terceros, la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos y ferias, y participación en esos eventos, publicaciones, catálogos y sitios web. Las ayudas se concederán mediante servicios subvencionados y no podrán consistir en pagos directos en efectivo a los productores

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la exención de este régimen de ayudas en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Apoyo a las PYME.

Referencia a los artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y costes subvencionables:

La propuesta de Reglamento «Pravilnik o izvajanju pomoči za razvoj kmetijstva in podeželja v Občini Piran za programsko obdobje 2011–2013 (poglavje IV)» incluye medidas que constituyen una ayuda estatal según lo dispuesto en los artículos siguientes del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3), así como en el Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DO L 214 de 9.8.2008, p. 3):

—   artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria,

—   artículo 5: Inversiones para la conservación de paisajes y edificios tradicionales,

—   artículo 13: Ayudas a la concentración parcelaria,

—   artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,

—   artículo 15: Ayudas para la prestación de asistencia técnica al sector agrario

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Piran

Tartinijev trg 2

SI-6330 Piran

SLOVENIJA

Dirección web: http://www.piran.si/index.php?page=static&item=418

Otros datos: Cuando entre en vigor el presente régimen, dejará de aplicarse el régimen XA 418/07.

La base jurídica está disponible en el sitio web antes mencionado, haciendo clic en el documento siguiente: Pravilnik o izvajanju drzavne pomoci na podrocju kmetijstva_ 2011_2013.doc (150 KB).

Predstojnica Urada za gospodarstvo in turizem

Tanja FRANCA

Ayuda no: XA 165/10

Estado miembro: Italia

Región: Véneto

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Progetti formativi rivolti a favore delle imprese attive nella produzione di prodotti agricoli.

Base jurídica: L. 845/1978 «Legge quadro in materia di formazione professionale».

L.R. n. 10 del 30.1.1990«Ordinamento del sistema della formazione professionale e organizzazione delle politiche regionali del lavoro».

DGR n. 1920 del 27 luglio 2010 della Regione del Veneto.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 1 300 000,00 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Asistencia técnica [artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006]:

Las ayudas se destinan a poner en marcha medidas de formación continua de diversos tipos:

acciones destinadas a la obtención de la autorización para la adquisición y utilización de productos fitosanitarios,

acciones destinadas a la obtención del carnet profesional o del certificado de aptitud con arreglo a la normativa en vigor y para los cuales la formación o la actualización de conocimientos sean fundamentales,

acciones de actualización de conocimientos o perfeccionamiento temático,

acciones destinadas a la consecución de la «aptitud profesional» adecuada con arreglo a la normativa comunitaria o de la certificación prevista en el Decreto Legislativo no 99/2004 (empresario agrícola profesional)

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura, silvicultura y pesca

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Regione del Veneto

Palazzo Balbi

Dorsoduro 3901

30123 Venezia VE

ITALIA

Tel. +39 412795030

Fax +39 412795085

E-mail: dir.formazione@regione.veneto.it

Dirección web: http://www.regione.veneto.it/Servizi+alla+Persona/Formazione+e+Lavoro/ModulisticaREG.htm

cliquear «settore primario»

Otros datos: Para más información:

Direzione Regionale Formazione

Fondamenta S. Lucia

Cannaregio 23

30121 Venezia VE

ITALIA

Tel. +39 412795029-5030

Fax +39 412795085

E-mail: dir.formazione@regione.veneto.it

Ayuda no: XA 169/10

Estado miembro: Países Bajos

Región: Provincia de Utrecht (Utrecht)

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Pilots duurzaam ondernemen

Base jurídica: Subsidieverordening inrichting landelijk gebied 2006

Besluit subsidiekader ILG-AVP, artikel 3.2.1 Pilots duurzaam ondernemen

Artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006 — asistencia técnica.

La ayuda en cuestión cumple las condiciones mencionadas en el artículo 15, apartados 2 a 4.

Concretamente:

en lo que atañe al apartado 2, la ayuda solo se destina a sufragar los costes previstos en este apartado,

en lo que atañe al apartado 3, la intensidad de la ayuda representa menos del 100 % del coste del proyecto; la ayuda se concede a la oficina de asesoramiento que presta servicios a los productores participantes, por lo que se trata de servicios de asesoramiento subvencionados; no se abona ningún pago directo en efectivo a los productores,

en lo que atañe al apartado 4, cualquier productor del sector en cuestión y del territorio afectado puede participar en el proyecto al que se destina la ayuda

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Se trata de una ayuda única de hasta 52 020 EUR, en el período comprendido entre el 15 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2012

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 90 % de los costes subvencionables

Fecha de ejecución: El 15 de julio de 2010, después de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea prevista en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive

Objetivo de la ayuda: Se trata de una ayuda única a Wageningen — UR Livestock Research, destinada al programa «haal meer uit gras» (sacar más provecho de los pastos).

Objetivo: informar mejor a los productores de leche acerca de la gestión sostenible de las tierras y de la utilización de los pastos

Sector o sectores beneficiarios: Productores de leche de la zona oriental de la provincia de Utrecht

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Provincie Utrecht

Postbus 80300

3508 TH Utrecht

NEDERLAND

Dirección web: http://www.provincie-utrecht.nl/onderwerpen/landbouw/vitaal-platteland/steunregelingen/#subcontent

Otros datos: —

Ayuda no: XA 177/10

Estado miembro: República de Lituania

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Paramos teikimas už šalutinių gyvūninių produktų, neskirtų vartoti žmonėms, pašalinimą ir sunaikinimą (schemos XA 40/10 pakeitimas).

Base jurídica: Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministro 2007 m. balandžio 13 d. įsakymo Nr. 3D-162 „Dėl paramos teikimo už šalutinių gyvūninių produktų, neskirtų vartoti žmonėms, pašalinimą ir sunaikinimą taisyklių patvirtinimo ir žemės ūkio ministro 2006 m. gegužės 26 d. įsakymo Nr. 3D-217 bei žemės ūkio ministro 2006 m. spalio 3 d. įsakymo Nr. 3D-385 pripažinimo netekusiais galios“ pakeitimo projektas.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 3 100 000 LTL (es decir, 897 822 EUR de conformidad con el tipo de cambio oficial)

Intensidad máxima de la ayuda:

1)

Hasta el 100 % de los costes de retirada y destrucción del ganado muerto cuando exista la obligación de efectuar pruebas de EET a tales animales.

2)

Hasta el 100 % de los costes de retirada y hasta el 75 % de los costes de destrucción:

en caso de retirada de ganado bovino, ovino o caprino muerto, excepto tratándose de ganado afectado por la obligación de practicar pruebas de la EET,

en caso de retirada de caballos muertos,

en caso de retirada de cerdos muertos, para el conjunto de los ganaderos, excepto los que posean más de 1 000 animales.

3)

Hasta el 61 % de los costes de retirada y hasta el 59 % de los costes de destrucción:

en caso de retirada de cerdos muertos, siempre que el propietario posea más de 1 000 animales; el número de animales se establece sobre la base de los datos que figuran, el 1 de enero del año en curso, en el registro del ganado de la empresa estatal Žemės ūkio informacijos ir kaimo verslo centras (centro público de información agrícola y economía rural),

en caso de retirada de aves muertas

Fecha de ejecución: El régimen de ayudas entrará en vigor cuando la Comisión haya enviado un acuse de recibo, con el número de identificación del régimen correspondiente, y haya publicado el resumen en internet

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Apoyo a las PYME

Conceder ayudas a las empresas y a los productores del sector de la ganadería a fin de garantizar una eliminación segura de todo el ganado muerto en el marco de un programa coherente de control.

Es de aplicación el artículo 16 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006

Sector o sectores beneficiarios: Producción primaria de productos agrícolas

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministerija

Gedimino pr. 19

LT-01103 Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Dirección web: http://www.lrs.lt/pls/proj/dokpaieska.showdoc_l?p_id=48722

Otros datos: Habida cuenta de los fondos previstos para el año 2010 en concepto de ayuda a la gestión de los subproductos animales y de la entrada en vigor el 1 de marzo de 2010 de un nuevo régimen de ayudas estatales para la retirada y la destrucción de subproductos animales no destinados al consumo humano, las previsiones relativas a la recogida y la transformación de subproductos animales no se ajustan a la realidad. Teniendo en cuenta las importantes cantidades de subproductos animales (subproductos de bovinos de más de 24 meses y subproductos de ovinos y caprinos de más de 18 meses) que, según las previsiones, presentan el riesgo de transmitir encefalopatías espongiformes, está previsto subvencionar al 100 % los gastos de su retirada y destrucción. En lo que atañe a los demás productos animales, está previsto, teniendo en cuenta el presupuesto disponible, subvencionar tan solo el 18 % de los costes de retirada y destrucción de los porcinos y las aves muertas. Al final del primer semestre del año, se observó que la recogida de los subproductos animales cuya retirada y destrucción debían financiarse al 100 % no iba a alcanzar las cantidades previstas, lo que ofrece la posibilidad de apoyar con mayor intensidad (hasta el 61 % de los costes de retirada y el 59 % de los costes de destrucción) los sectores de la ganadería porcina y de la avicultura, que reciben menos ayudas.

En el marco de este régimen, el sistema de concesión de ayudas estatales para la gestión de los animales muertos que podrían padecer la encefalopatía espongiforme permanece sin cambios y los costes de su retirada (transporte) y su destrucción siguen sufragándose al 100 %. Se concede una ayuda similar para cubrir los costes de gestión de animales de laboratorio muertos o de animales hallados muertos por las autoridades, cuya propiedad no puede determinarse, en caso de que supongan un riesgo para la salud humana o animal, o para el medio ambiente. Lo mismo ocurre con los animales silvestres muertos respecto a los que exista alguna sospecha de que padecen una patología transmisible a los seres humanos o a otros animales.

Los costes de gestión de los demás bovinos, ovinos, caprinos, equinos y porcinos muertos son sufragados hasta un 100 % por lo que respecta a su retirada y hasta un 75 % por lo que respecta a su destrucción.

En cuanto entre en vigor el presente régimen de ayuda, dejará de ser aplicable el régimen de ayuda XA 40/10

Ayuda no: XA 197/10

Estado miembro: Irlanda

Región: Estado miembro

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: (Provision of consultancy services and technical expertise to the Irish Sheep Industry)

Base jurídica: «National Development Plan 2007-2013»

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Un millón de EUR anuales, como máximo

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 % de los gastos subvencionables

Fecha de ejecución:

Duración del régimen o de la ayuda individual: 1 de enero de 2011-31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: El objetivo del nuevo programa de cría de ganado ovino es el siguiente:

aumentar la rentabilidad y sostenibilidad de la cabaña ovina nacional, a través de la mejora de la productividad y la reducción de los costes del sector, centrándose fundamentalmente en las exigencias del mercado,

realizar cambios y modificaciones significativos del sistema nacional de cría de ganado ovino en lo que se refiere a sus infraestructuras, para garantizar en el futuro una estructura viable y sostenible del sistema de cría de ganado ovino.

La ayuda se concede de conformidad con el artículo 15, apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) no 1857/2006, que se refiere a la asistencia técnica al sector agrario

Sector o sectores beneficiarios: Sector ovino

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Department of Agriculture, Fisheries and Food

Agriculture House

Kildare Street

Dublín 2

IRELAND

Dirección web: http://www.agriculture.gov.ie/ndp_state_aid

Otros datos: —


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