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Document 32013D0326

2013/326/UE: Decisión del Consejo, de 21 de junio de 2013 , por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Österreichische Nationalbank

DO L 175 de 27.6.2013, p. 56–56 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/326/oj

27.6.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 175/56


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 21 de junio de 2013

por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Österreichische Nationalbank

(2013/326/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular su artículo 27.1,

Vista la Recomendación BCE/2013/8 del Banco Central Europeo de 17 de abril de 2013 al Consejo de la Unión Europea sobre los auditores externos del Österreichische Nationalbank (1).

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

Tras su modificación, la Ley del Österreichische Nationalbank dispone que el Österreichische Nationalbank nombre cada año un auditor externo y un auditor externo suplente, y no, como hasta ahora, dos externos y dos suplentes. El auditor externo suplente desempeñará su función solo en el caso de que el auditor externo no pueda hacerlo.

(3)

El mandato de los auditores externos y auditores externos suplentes del Österreichische Nationalbank expiró tras la auditoría del ejercicio de 2012. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo y auditor externo suplente a partir del ejercicio de 2013.

(4)

El Österreichische Nationalbank ha seleccionado para el ejercicio de 2013 a KPMG Wirtschaftsprüfungs- und Steuerberatungs AG como auditor externo y a PwC Wirtschaftsprüfung GmbH como auditor externo suplente.

(5)

El mandato del auditor externo y del auditor externo suplente puede renovarse anualmente hasta cumplir, en ambos casos, un período total de cinco años.

(6)

El Consejo de Gobierno del BCE recomendó que se nombrase a KPMG Wirtschaftsprüfungs- und Steuerberatungs AG como auditor externo y a PwC Wirtschaftsprüfung GmbH como auditor externo suplente del Österreichische Nationalbank para los ejercicios de 2013 a 2017.

(7)

Procede seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 1.9 de la Decisión 1999/70/CE se sustituirá por el siguiente texto:

«9.   La empresa KPMG Wirtschaftsprüfungs- und Steuerberatungs AG queda designada como auditor externo y PwC Wirtschaftsprüfung GmbH queda designada como auditor externo suplente del Österreichische Nationalbank para los ejercicios de 2013 a 2017.».

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es el BCE.

Hecho en Luxemburgo, el 21 de junio de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

M. NOONAN


(1)  DO C 115 de 23.4.2013, p. 1.

(2)  DO L 22 de 29.1.1999, p.69.


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