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Document 32007D0056
Commission Decision of 16 May 2006 on State aid C 26/2004 (ex NN 38/2004) implemented by Germany for Schneider Technologies AG (notified under document number C(2006) 1857) (Text with EEA relevance)
Decisión de la Comisión, de 16 de mayo de 2006 , relativa a la ayuda estatal C 26/2004 (ex NN 38/2004) que la República Federal de Alemania ha concedido en favor de Schneider Technologies AG [notificada con el número C(2006) 1857] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Decisión de la Comisión, de 16 de mayo de 2006 , relativa a la ayuda estatal C 26/2004 (ex NN 38/2004) que la República Federal de Alemania ha concedido en favor de Schneider Technologies AG [notificada con el número C(2006) 1857] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 32 de 6.2.2007, p. 6–6
(BG, RO)
DO L 32 de 6.2.2007, p. 49–55
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
In force
6.2.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 32/49 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 16 de mayo de 2006
relativa a la ayuda estatal C 26/2004 (ex NN 38/2004) que la República Federal de Alemania ha concedido en favor de Schneider Technologies AG
[notificada con el número C(2006) 1857]
(El texto en lengua alemana es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/56/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 88,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),
Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones (1), de conformidad con los artículos citados, y teniendo en cuenta dichas observaciones,
Considerando lo siguiente:
I. PROCEDIMIENTO
(1) |
El 24 de marzo de 2003 la Comisión recibió una denuncia relativa a un conjunto de hipotéticas ayudas a favor de Schneider Technologies AG («Schneider AG»). El denunciante, Gebrüder Schneider GmbH & Co. KG, es una sociedad de cartera accionista de Schneider AG y que pertenece a dos hermanos de la familia Schneider. |
(2) |
El 14 de julio de 2004 la Comisión incoó el procedimiento de investigación formal respecto a los tres préstamos de la Bayrische Landesanstalt für Aufbaufinanzierung («LfA») y los dos préstamos de la Bayrische Forschungsstiftung («BFS») para investigación y desarrollo (I+D). La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el 22 de febrero de 2005 (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la hipotética ayuda. La Comisión no recibió observaciones de ningún interesado (3). Alemania envió su respuesta sobre la incoación del procedimiento mediante cartas de 16 y 24 de septiembre de 2004, registradas los mismos días. |
(3) |
El 6 de septiembre de 2005 la Comisión solicitó información adicional, que Alemania remitió por carta de 5 de octubre de 2005 (registrada el 6 de octubre de 2005). El 6 de febrero de 2006 se envió información complementaria (registrada el 7 de febrero de 2006). |
II. DESCRIPCIÓN
1. BENEFICIARIO
(4) |
Schneider AG era una gran empresa alemana con sede en Türkheim, Baviera, que fabricaba aparatos de televisión en color. Al margen de su actividad de fabricación, la empresa se ocupaba también en los años 90 de un ambicioso proyecto para desarrollar tecnología de visualización por láser que ofrecía imágenes más nítidas, luminosidad más elevada, tamaño ilimitado de la pantalla y flexibilidad de la superficie de proyección. Los dos ámbitos de actividad se transfirieron entre 2000 y 2002 a dos filiales de Schneider AG de nueva creación, Schneider Electronics AG («SE»), que se hizo cargo de la fabricación de televisores, y Schneider Laser Technologies AG («SLT»). |
(5) |
La LfA, cuya actividad consiste en promover la economía regional, era accionista de Schneider AG desde 1998. En 1999 y 2000, la LfA fue el principal accionista con una participación del 35,6 %. Lehman Brothers, un banco de inversiones privado, tenía el 26,6 % de las acciones, Gebr. Schneider GmbH & Co. KG, el 14,6 % y otros inversores privados, el 23,2 %. |
(6) |
En ese momento el mercado valoró positivamente las perspectivas de éxito de Schneider AG respecto a su papel de líder de la tecnología de visualización por láser. Entre 1998 y 2000 la cotización de las acciones de Schneider se multiplicó casi por diez; de 1999 a 2000 casi dos veces y media. Estas expectativas positivas ante el futuro de la empresa las compartía también el segundo mayor inversor, Lehman Brothers, tal como muestra un estudio de abril de 2000, en el que se pronosticaban beneficios en la sección de electrónica de consumo a partir de finales de 2000 y para la tecnología de visualización por láser a partir del último trimestre de 2001. Lehman Brothers compró de mediados de 1999 a mediados de 2000 [...] (4) acciones a LfA. |
(7) |
Sin embargo, el rendimiento de la empresa no se desarrolló tal como estaba previsto. SE fabricaba televisores de baja calidad y no podía competir con los productos baratos importados sobre todo de Asia. Como la sección de televisores no producía beneficios, a Schneider AG le faltaron los medios que necesitaba SLT para proseguir sus trabajos sobre la tecnología láser, que avanzaban mucho más despacio que lo previsto. Hasta mayo de 2000 no se pudo disponer de un primer prototipo, mucho más tarde que lo previsto, y sólo tenía utilización industrial. Hasta 2002 la empresa no desarrolló un producto adecuado para los compradores privados. |
(8) |
En marzo de 2002 se introdujeron tres procedimientos de insolvencia separados para Schneider AG y sus dos filiales. El administrador judicial vendió los activos de Schneider AG y de SE a la empresa de electrónica china TCL, y los activos de SLT a Jenoptik Laser, Optik, Systeme GmbH (en lo sucesivo «LOS»). TCL y LOS habían presentado en ese momento las ofertas más elevadas. |
2. MEDIDAS FINANCIERAS
(9) |
En su decisión sobre la incoación del procedimiento la Comisión expuso sus dudas sobre la compatibilidad de las dos medidas que se citan a continuación. |
2.1 LOS TRES PRÉSTAMOS DE LA LFA
(10) |
Los tres préstamos de la LfA eran parte de un enfoque global convenido en otoño de 1999 entre la LfA, Lehman Brothers, el denunciante y un grupo de bancos. Alemania explicó que en 1998 la empresa sufría pérdidas, después de haber intentado sin éxito incrementar la venta de aparatos de televisión a través del comercio minorista especializado. Por ello, la dirección decidió reestructurar la empresa y desarrollar la parte OEM (fabricante de equipo original) del negocio. Para financiar esta reestructuración, prefinanciar la fabricación para grandes contratos y cubrir las pérdidas, la empresa necesitaba liquidez. |
(11) |
El primer préstamo de LfA («préstamo 1») por 2,1 millones de euros se concedió en septiembre de 1999 a un tipo de interés del [...] %. El segundo préstamo de LfA («préstamo 2») por 5,1 millones de euros se concedió también en septiembre de 1999 a un tipo de interés del [...] %. El tercer préstamo de LfA («préstamo 3») por 5,6 millones de euros se concedió en febrero de 2000 y el tipo de interés fue del [...] %. Los dos primeros préstamos se concedieron por un año, el tercero llegaba hasta el 31 de diciembre de 2001 por lo que su duración era de casi dos años. |
(12) |
En septiembre de 2000 se prorrogaron los dos primeros préstamos hasta el 30 de septiembre de 2002, es decir, dos años más, y se incrementaron los tipos de interés: Para el préstamo 1 al [...] % y para el préstamo 2 al [...] %. En diciembre de 2000 se prorrogó también el préstamo 3 hasta el 30 de septiembre de 2002 y el tipo de interés se aumentó al [...] %. |
(13) |
Como garantía del préstamo 1 se utilizaron básicamente hipotecas, cesiones en bloque de los créditos y una transmisión en garantía de las mercancías. Esta garantía está subordinada a los créditos del grupo de bancos, cuyos préstamos eran anteriores. Los préstamos dos y tres se otorgaron sin más garantías. Alemania explicó que en vez de garantías se había fijado un tipo de interés más elevado. El valor real de las garantías para la LfA, como accionista de Schneider AG, era muy escaso, ya que según el Derecho alemán los préstamos participativos se considerarían con toda probabilidad (§ 30 GmbHG) una aportación complementaria al capital social. |
(14) |
Los socios privados contribuyeron al concepto general con las siguientes aportaciones:
|
2.2. APORTACIONES I+D
(15) |
En 1994 y 1997 la Bayrische Forschungsstiftung (BFS) concedió a Schneider AG dos subvenciones por un valor total de 9 050 121,88 euros (5). |
(16) |
La primera aportación por un total de 6 498 468,68 euros (6) se produjo el 16 de diciembre de 1994 y se utilizó para financiar el proyecto «Laser-Display-Technologie» (tecnología de visualización por láser «Proyecto 1»). Esta aportación se abonó en varios tramos a lo largo de la vida del proyecto, a saber, entre enero de 1995 y junio de 1997. Los costes subvencionables ascendieron a 12 484 972,74 euros, la intensidad de la ayuda se situó en el 48,9 %. |
(17) |
El objetivo del Proyecto 1 era sentar las bases de nuevos métodos de trabajo para la proyección de grandes imágenes en color de alta resolución con distintas aplicaciones y desarrollar los fundamentos científico-tecnológicos para los componentes individuales del posterior sistema. |
(18) |
Al conceder la ayuda se tuvieron en cuenta los siguientes costes del proyecto (7)
|
(19) |
Alemania confirmó que los costes estaban originados directamente por el proyecto de investigación. |
(20) |
En consonancia con los acuerdos de subvención se dio amplia publicidad a los resultados del proyecto y se pusieron a disposición general. |
(21) |
Además, BFS financió el 100 % de un proyecto de investigación de la Universidad de Wurzburgo sobre el tema «Blauer Laser» (láser azul). Los costes del proyecto ascendieron a 0,26 millones de euros. El Proyecto 1 y el Proyecto «Blauer Laser» se vincularon entre sí por deseo de BFS, ya que de esta manera se daba la posibilidad de transferir conocimientos técnicos. |
(22) |
La segunda subvención por un valor de 2 551 653,20 euros se concedió el 23 de julio de 1997. Servía para financiar el Proyecto «Laser-Display-Technologie — Systemintegration und Prototypen» (tecnología de visualización por láser — integración del sistema y prototipos, en lo sucesivo «Proyecto 2») como complemento al Proyecto 1. Esta aportación se abonó en varios tramos a lo largo de la vida del proyecto, a saber, entre abril de 1997 y septiembre de 1999. Los costes subvencionables se estimaron en 5 103 293,22 euros, siendo por consiguiente la intensidad de la ayuda del 50 %. |
(23) |
En el marco del Proyecto 2 se deberían seguir desarrollando los resultados del Proyecto 1; Además se debería intentar integrar los principales componentes individuales en un sistema conjunto. Los trabajos abarcaban además investigaciones sobre la generación de imágenes con impulsos láser de picosegundos, consistencia láser de los componentes individuales así como la miniaturización de sistemas de láser monocromos. |
(24) |
Al conceder la ayuda se tuvieron en cuenta los siguientes costes del proyecto:
|
(25) |
Alemania confirmó que los costes estaban originados directamente por el proyecto de investigación. |
(26) |
En consonancia con los acuerdos de subvención se dio amplia publicidad a los resultados del proyecto y se pusieron a disposición general. Si se solicitaba se debían conceder los derechos de explotación en condiciones de mercado. |
III. RAZONES PARA LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL
(27) |
Respecto a los tres préstamos la Comisión expresó inicialmente su opinión de que, con toda probabilidad, se atenían al principio del inversor que actúa en una economía de mercado. Le faltaba, sin embargo, información más precisa para poder hacer una valoración final. Por otra parte, la Comisión tenía dudas de que los dos proyectos sobre tecnología láser fueran compatibles con las normas en materia de ayuda de la Comunidad. |
IV. OBSERVACIONES DE TERCEROS
(28) |
La Comisión no recibió observaciones de terceros. |
V. OBSERVACIONES DE ALEMANIA
(29) |
En sus observaciones sobre la incoación del procedimiento Alemania argumentó que los préstamos no constituían ayuda estatal, ya que se atenían al principio del inversor que actúa en una economía de mercado. |
(30) |
Respecto a las aportaciones I+D, Alemania expresó su punto de vista de que ambos proyectos debían considerarse investigación industrial y que por consiguiente las subvenciones de hasta el 50 % de los costes subvencionables eran compatibles con las disposiciones sobre las ayudas I+D aplicables en el momento en que se concedieron las respectivas subvenciones. Respecto al Proyecto 2 Alemania señaló que el título del Proyecto «Integración del sistema y prototipos» podía inducir a error ya que la finalidad del proyecto era estudiar en más detalle los elementos individuales del proyecto. |
VI. EVALUACIÓN
1. PRÉSTAMOS DE LA LFA
1.1. AYUDAS ESTATALES
(31) |
Según el artículo 87 del Tratado CE, son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afectan a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones. Para establecer si los préstamos participativos de organismos públicos constituyen una ayuda estatal en el sentido del artículo 87 del Tratado CE, debe comprobarse si un inversor que opera en una economía de mercado en circunstancias similares hubiera concedido un préstamo en condiciones comparables. |
(32) |
En opinión de la Comisión, hay muchos elementos que indican que los tres préstamos no representaban ayuda estatal ya que se ajustaban al principio del inversor que actúa en una economía de mercado. En primer lugar, según la información de que disponía la Comisión, conceder préstamos a Schneider AG con unos tipos de interés entre el [...] %, el [...] % y el [...] % (tipo de referencia de la Comisión 4,76 %), incrementados más tarde al [...] %, el [...] % y el [...] % (tipo de referencia de la Comisión 5,7 %), era económicamente razonable dadas las circunstancias de 1999 y 2000. La confianza del mercado en los futuros beneficios de Schneider AG, principalmente a través de su posición de líder en el sector de la tecnología láser, se demuestra por ejemplo en que entre 1998 y 2000 la cotización de las acciones de Schneider se multiplicaron casi por diez y en que el banco de inversiones estratégico Lehman Brothers compró otras [...] acciones de Schneider AG en el mismo periodo tras un estudio muy positivo. En julio de 2000 alrededor del 50 % del capital social estaba en poder de unos 40 inversores estratégicos. En segundo lugar, la LfA fue mucho más precavida que el accionista privado Lehman Brothers. Lehman Brothers incrementó el capital social de Schneider AG en diciembre de 1999 en 25 millones de euros y fue el principal inversor en la ampliación de capital de febrero de 2000 con otros 46 millones de euros. Independientemente de su contribución a la ampliación de capital de febrero con 8,74 millones de euros (que ya en la decisión de incoación del procedimiento se consideró se atenía al principio del inversor que actúa en una economía de mercado) la LfA puso a disposición otros 12,8 millones de euros exclusivamente en forma de préstamo amortizable con intereses. En tercer lugar los tipos de interés eran más elevados que los del grupo de bancos, tanto en el momento de la concesión inicial de los préstamos (septiembre de 1999 y febrero de 2000) como en la posterior prórroga de los mismos (septiembre y diciembre de 2002). |
(33) |
Pese a ello, persisten ciertas dudas respecto al carácter del préstamo. Debido al objetivo de la LfA de fomentar la economía regional y sobre la base de la información disponible, la Comisión no puede excluir que la finalidad de la inversión fuera superar la época difícil de Schneider AG y salvar puestos de trabajo en la región. Además, no queda claro que los tipos de interés más elevados fueran suficientes para compensar la ausencia de garantías. Schneider AG se encontraba en una situación financiera difícil en el momento en que se concedieron los préstamos, y no se podía excluir que la tecnología láser fracasara. Pero es difícil evaluar si unos tipos de interés más elevados serían suficientes para cubrir este riesgo. |
1.2. DECISIÓN SIN OBJETO
(34) |
En opinión de la Comisión se puede dejar abierta la cuestión de si los préstamos de LfA constituyen ayudas estatales o no. Incluso en el caso de que se consideraran ayudas estatales incompatibles, una decisión negativa que exigiera la devolución de las ayudas no tendría objeto ya que no existe la empresa que se habría beneficiado, directa o indirectamente de la hipotética ayuda estatal. |
(35) |
Desde el punto de vista formal, el beneficiario de los préstamos era Schneider AG. SE y SLT se crearon después de que se hubieran concedido los préstamos, pero no se puede excluir que se beneficiaran de los mismos. Los procedimientos de insolvencia contra las tres empresas Schneider se iniciaron en marzo de 2002 y las tres empresas se liquidaron. La deuda del préstamo se sumó a la masa de la insolvencia. |
(36) |
El administrador judicial vendió los activos de las tres empresas bajo la supervisión de los tribunales de insolvencia. La Comisión considera que por los respectivos activos se pagó el precio de mercado, de forma que el beneficio de la ayuda no se transmitió a ninguno de los compradores.
|
2. PROYECTOS I+D
2.1. AYUDA ESTATAL
(37) |
La financiación estatal provenía del Land de Baviera a través de la BFS. La financiación, por lo tanto, procede de medios estatales y debe atribuirse al Estado. Schneider AG se vio favorecida por la financiación de la parte del proyecto 1 llevada a cabo por SLT y del proyecto 2. Como la electrónica de consumo se comercializa entre los Estados miembros, la medida amenaza con distorsionar la competencia y afecta al comercio entre los Estados miembros. Por consiguiente, las subvenciones de los proyectos 1 y 2 constituyen ayuda estatal. |
(38) |
En el caso de la financiación del proyecto «Blauer Laser» de la Universidad de Wurzburgo, por el contrario, la financiación estatal no debe considerarse ayuda estatal desde el punto de vista de la Comisión. El proyecto llevaba a cabo una investigación fundamental con el objetivo de ampliar de forma general los conocimientos científicos y técnicos. De acuerdo con el punto 2.2 del Encuadramiento comunitario sobre ayudas de Estado de investigación y desarrollo de 1986 (9) (aplicable en 1994 en el momento de la subvención), el fomento de investigación fundamental no se considera normalmente como ayuda estatal. «Por el contrario, en los casos excepcionales en que dicha investigación se efectúa en ciertas empresas o específicamente para ciertas empresas, la Comisión no puede excluir la posibilidad de que sean satisfechas las condiciones del artículo 92, apartado 1, del Tratado CEE» [en la actualidad artículo 87 (apartado 1)]. No ocurre así en el presente caso. El proyecto no se llevó a cabo para Schneider. La solicitud de subvención la había realizado la Universidad de Wurzburgo por su cuenta y las subvenciones se le habían abonado directamente. Tal como Alemania informó a la Comisión, los resultados de la investigación de la Universidad no eran relevantes para Schneider AG, ya que la empresa tenía su propio enfoque para resolver los problemas relacionados con el láser azul. Schneider AG llevaba a cabo sus actividades de investigación y desarrollo independientemente del Proyecto «Blauer Laser» y no utilizó los resultados del proyecto de la Universidad para su propia solución técnica. La asociación de ambos proyectos se había realizado por deseo de la BFS que esperaba que se produjera una serie de sinergias que finalmente no tuvieron lugar. |
2.2. EXCEPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 87, APARTADO 3, DEL TRATADO
(39) |
Las subvenciones I+D deben evaluarse con arreglo a los Encuadramientos comunitarios sobre ayudas de estado de investigación y desarrollo (en lo sucesivo «Encuadramientos I+D») de 1986 (10) y 1996 (11), que autoriza la ayuda estatal para la investigación fundamental, la investigación industrial y el desarrollo precompetitivo. |
(40) |
El Proyecto 1 puede calificarse como investigación industrial fundamental en el sentido del Anexo 1 del Encuadramiento I+D de 1986 (12). El objeto de las actividades de investigación era adquirir, a través de trabajos originales teóricos y prácticos, conocimientos completamente nuevos en el ámbito de la proyección de grandes imágenes a color de alta resolución para diferentes ámbitos de aplicación y desarrollar los fundamentos tecnológicos para los componentes individuales de un futuro sistema de visualización por láser. |
(41) |
BFS subvencionó el proyecto hasta el 48,98, es decir, la intensidad de la ayuda se situó por debajo del límite del 50 % autorizado para la investigación industrial fundamental. |
(42) |
La Comisión considera que la ayuda I+D tuvo un efecto incentivo porque el proyecto no se hubiera llevado a cabo sin apoyo estatal. El proyecto implicaba un riesgo técnico y económico muy elevado y la tecnología era muy innovativa, reclamaba una investigación básica y un elevado input. Esto se vio confirmado por un estudio externo encargado por la BFS antes de decidir sobre la concesión de la ayuda. Los expertos consultados opinaban que, teniendo en cuenta la alta complejidad y los ambiciosos objetivos del proyecto, éste sólo se podía llevar a cabo con un importante apoyo. Se consideró que el riesgo técnico más importante era la reproducción exacta de la imagen. Los expertos confirmaron, además, que esta tecnología completamente nueva incluía un elevado número de problemas individuales que sólo podían resolverse a través de un proyecto de I+D intensivo, concentrado y financieramente bien dotado. |
(43) |
En relación con el proyecto 2, Alemania argumentó que el proyecto también debía considerarse como investigación fundamental (13). Según señaló Alemania, las actividades que se iban a llevar a cabo en el marco de este proyecto correspondían por su carácter, a pesar de su equívoco subtítulo («Integración del sistema y prototipos»), a la definición citada. Alemania explicó que la finalidad del proyecto era seguir desarrollando los componentes individuales de la tecnología. Por esta razón, ante la BFS el proyecto se debía clasificar totalmente como investigación industrial. Además, el primer prototipo se desarrolló unos meses después de finalizado el Proyecto 2 y este prototipo estaba destinado a la utilización industrial y no comercial, tal como se había previsto al principio. La investigación precompetitiva real no se llevó a cabo hasta después del Proyecto 2 y sin más financiación pública. |
(44) |
La Comisión considera que el proyecto debería clasificarse más bien como un proyecto de desarrollo precompetitivo (14), por lo menos parcialmente. Según los puntos 5.5 y 5.9 del Encuadramiento I+D de 1996, la subvención se debía limitar al 25 % o representar la media ponderada de las intensidades de la ayuda autorizadas. La Comisión considera que la integración de componentes individuales en un sistema general podría entrar en la definición de desarrollo precompetitivo. Además, el primer prototipo se finalizó sólo unos meses después de que finalizara el Proyecto 2, lo que indica que el proyecto estaba destinado a desarrollar un primer prototipo. |
(45) |
Sin embargo un análisis más detallado de la cuestión no tendría objeto ya que cualquier tipo de ayuda incompatible ya no distorsionaría el mercado. Las subvenciones I+D se concedieron a Schneider AG. SE y SLT se crearon más tarde. Es muy poco probable que el fabricante de televisores SE se beneficiara de la ayuda I+D para la investigación en la tecnología láser, que se utilizó totalmente en la forma aprobada. SLT podía haberse beneficiado de la ayuda. Sin embargo, las empresas se liquidaron entre tanto, las subvenciones I+D se incluyeron en la masa de insolvencia (15) y los activos se vendieron a precio de mercado (véase el considerando 36). |
(46) |
La Comisión considera que el riesgo tecnológico y económico del Proyecto 2 todavía era muy elevado y que SLT no hubiera estado en condiciones de llevar adelante el proyecto sin el apoyo de la BFS. Como ya ocurría antes con el primer proyecto, el segundo tenía un carácter muy innovador y necesitaba un considerable input. |
VII. CONCLUSIONES
(47) |
La Comisión ha llegado a la conclusión de que la ayuda de investigación y desarrollo para el Proyecto 1 por 6 498 468,68 euros y el 50 % de la ayuda de investigación y desarrollo para el Proyecto 2, es decir 1 275 826,60 euros, eran compatibles con las normas en materia de ayuda de la Comunidad. |
(48) |
Respecto a los tres préstamos por un total de 12,8 millones de euros y el 50 % de la ayuda de investigación y desarrollo para el Proyecto 2, la Comisión considera que la información disponible no le es suficiente para llegar a una conclusión definitiva. Sin embargo, las cuestiones decisivas de si los préstamos constituían ayudas estatales y hasta qué punto el Proyecto 2 servía para la investigación industrial, pueden dejarse abiertas. Las ayudas estatales incompatibles no podrían recuperarse porque tras la liquidación de todos los beneficiarios reales o potenciales y la venta de sus activos a precio de mercado, la ayuda ya no distorsionaría el mercado. En consecuencia, la Comisión llega a la conclusión de que el procedimiento de investigación formal incoado de conformidad con el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE respecto a los tres préstamos y una parte del Proyecto 2 ha quedado sin objeto, |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La ayuda por un valor de 6 498 468,68 euros a favor del proyecto de investigación «Laser-Display-Technologie» y la ayuda por valor de 1 275 826,60 euros a favor del proyecto I+D «Laser-Display-Technologie — Systemintegration und Prototypen» son compatibles con el mercado común.
Artículo 2
El procedimiento de investigación formal, se da por concluido en lo que respecta al préstamo de LfA por un total de 12,8 millones de euros y a la subvención de 1 275 826,60 euros al proyecto de investigación «Laser-Display-Technologie — Systemintegration und Prototypen».
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es la República Federal de Alemania.
Bruselas, 16 de mayo de 2006.
Por la Comisión
Neelie KROES
Miembro de la Comisión
(1) DO C 46 de 22.02.2005, p. 12.
(2) Véase nota 1.
(3) Algunas aportaciones, recibidas durante la fase de verificación, no pueden considerarse observaciones formales (se trataba fundamentalmente de artículos de prensa no referidos al caso y sin comentarios y una oferta — que tampoco iba explicada — de servicios de asesoría relativos al caso hecha a la Comisión).
(4) Secreto comercial
(5) Incluidas las dotaciones para el proyecto «Blauer Laser», realizado por la Universidad de Wurzburgo.
(6) Incluidas las dotaciones para el proyecto «Blauer Laser», realizado por la Universidad de Wurzburgo.
(7) El cuadro incluye sólo los costes de las actividades de investigación de Schneider AG; no se tiene en cuenta la dotación de 0,26 millones de euros para el proyecto «Blauer Laser», realizado por la Universidad de Wurzburgo y que por deseo de BFS se vinculó al proyecto Schneider.
(8) La primera fase fue crear una empresa en participación a la que se transfirieron los activos de SLT. LOS era propietaria del 60 % de la empresa en participación y el 40 % formaba parte de la masa de la insolvencia. Esta fase intermedia, que duró un año, debía posibilitar encontrar un inversor estratégico que se hiciera cargo del 40 % de la masa de insolvencia. No se halló tal inversor y LOS pudo adquirir el 100 % de la propiedad.
(9) DO C 83 de 11.04.1986, p. 2.
(10) Véase nota 8.
(11) DO C 45 de 17.febrero.1996, p. 5.
(12) En el Anexo 1 del Encuadramiento I+D de 1986 se define como «investigación industrial básica la actividad teórica o experimental original cuyo objetivo es la adquisición de nuevos conocimientos o la mejor comprensión de las leyes de la ciencia o de la tecnología en su aplicación eventual a un sector industrial o a las actividades de una empresa determinada».
(13) Según el Anexo 1 del Encuadramiento I+D de 1996 la investigación industrial se define como la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
(14) Según el Anexo 1 del Encuadramiento I+D de 1996 por actividad de desarrollo precompetitiva, se entiende la materialización de los resultados de la investigación industrial en un plano, esquema o diseño para productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados, destinados a su venta o su utilización, incluida la creación de un primer prototipo no comercializable. Puede abarcar también la formulación conceptual y el diseño de otros productos, procesos o servicios, así como proyectos de demostración inicial o proyectos piloto, siempre que dichos proyectos no puedan convertirse o utilizarse para aplicaciones industriales o su explotación comercial.
(15) Una vez que se estableció que los activos de SLT se venderían fuera de Baviera, ya no se cumplía una de las condiciones previas formales para la ayuda.