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Document 22015D2292
Decision No 2/2015 of the Joint Committee on Agriculture of 19 November 2015 on the amendment of Appendices 1 and 2 to Annex 9 to the Agreement between the European Community and the Swiss Confederation on trade in agricultural products [2015/2292]
Decisión n° 2/2015 del Comité Mixto de Agricultura, de 19 de noviembre de 2015, relativa a la modificación de los apéndices 1 y 2 del anexo 9 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas [2015/2292]
Decisión n° 2/2015 del Comité Mixto de Agricultura, de 19 de noviembre de 2015, relativa a la modificación de los apéndices 1 y 2 del anexo 9 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas [2015/2292]
DO L 323 de 9.12.2015, p. 29–30
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
9.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 323/29 |
DECISIÓN No 2/2015 DEL COMITÉ MIXTO DE AGRICULTURA
de 19 de noviembre de 2015
relativa a la modificación de los apéndices 1 y 2 del anexo 9 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas [2015/2292]
EL COMITÉ MIXTO DE AGRICULTURA,
Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre el comercio de productos agrícolas y, en particular, su artículo 11,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo») entró en vigor el 1 de junio de 2002. |
(2) |
El anexo 9 del Acuerdo tiene como objetivo facilitar y fomentar los flujos comerciales bilaterales de productos ecológicos originarios de la Unión Europea y de Suiza. |
(3) |
En virtud del artículo 8 del anexo 9 del Acuerdo, el Grupo de trabajo de productos ecológicos examina todas las cuestiones relativas al anexo 9 y su aplicación y formula recomendaciones al Comité mixto de agricultura. Este grupo se reunió para examinar principalmente el ámbito de aplicación del anexo. Procede ampliar el ámbito de aplicación del anexo 9 al vino y a la levadura debido a la equivalencia de las disposiciones de Suiza y de la Unión Europea en la materia. Además, es necesario suprimir el contenido del apéndice 2, dado que Suiza ha modificado su legislación en materia de etiquetado que indica el modo de producción ecológica de los piensos y ha adoptado las disposiciones conformes al Derecho europeo. El Grupo de trabajo ha recomendado al Comité que adapte los apéndices del anexo 9 en este sentido. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar los apéndices 1 y 2 del anexo 9. |
DECIDE:
Artículo 1
Los apéndices 1 y 2 del anexo 9 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 31 de diciembre de 2015.
Hecho en Berna, el 19 de noviembre de 2015.
Por el Comité Mixto de Agricultura
La Jefa de la Delegación de la Unión Europea
Susana MARAZUELA-AZPIROZ
El Presidente y Jefe de la Delegación Suiza
Adrian AEBI
El Secretario del Comité
Thomas MAIER
ANEXO
APÉNDICE 1
Lista de los actos mencionados en el artículo 3, relativos a los productos agrícolas y alimenticios obtenidos mediante técnicas de producción ecológica
Disposiciones reglamentarias aplicables en la Unión Europea
|
Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 2092/91 (DO L 189 de 20.7.2007, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (UE) no 517/2013 del Consejo, de 13 de mayo de 2013 (DO L 158 de 10.6.2013, p. 1). |
|
Reglamento (CE) no 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control (DO L 250 de 18.9.2008, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1358/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014 (DO L 365 de 19.12.2014, p. 97). |
|
Reglamento (CE) no 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países (DO L 334 de 12.12.2008, p. 25), modificado en último lugar por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/131 de la Comisión, de 23 de enero de 2015 (DO L 23 de 29.1.2015, p. 1). |
Disposiciones aplicables en la Confederación Suiza
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Orden de 22 de septiembre de 1997, sobre la agricultura ecológica y la designación de los productos vegetales y los productos alimenticios ecológicos (Orden sobre agricultura ecológica), modificada en último lugar el 29 de octubre de 2014 (RO 2014 3969), |
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Orden del Ministerio Federal de Economía, Formación e Investigación, de 22 de septiembre de 1997, sobre la agricultura ecológica, modificada en último lugar el 29 de octubre de 2014 (RO 2014 3979). |
Exclusión del régimen de equivalencia
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Productos suizos a base de componentes producidos en el marco del sistema de conversión hacia la agricultura ecológica |
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Productos derivados de la producción caprina suiza cuando los animales estén acogidos a la excepción establecida en el artículo 39d de la Orden sobre la agricultura ecológica y la designación de los productos y alimentos ecológicos (1). |
APÉNDICE 2
Disposiciones de aplicación
Ninguna.
(1) (RS 910.18)