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Document 32019R1830
Commission Delegated Regulation (EU) 2019/1830 of 30 October 2019 amending Directive 2009/81/EC of the European Parliament and of the Council in respect of the thresholds for supply, service and works contracts (Text with EEA relevance)
Reglamento Delegado (UE) 2019/1830 de la Comisión de 30 de octubre de 2019 que modifica la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos de obras, suministros y servicios (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento Delegado (UE) 2019/1830 de la Comisión de 30 de octubre de 2019 que modifica la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos de obras, suministros y servicios (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2019/7696
DO L 279 de 31.10.2019, p. 29–30
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
31.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 279/29 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/1830 DE LA COMISIÓN
de 30 de octubre de 2019
que modifica la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos de obras, suministros y servicios
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y por la que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE (1), y en particular su artículo 68, apartado 1, párrafo segundo,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Mediante la Decisión 2014/115/UE (2), el Consejo aprobó el Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre Contratación Pública (3) («Acuerdo») celebrado en el marco de la Organización Mundial del Comercio. El Acuerdo es un instrumento multilateral cuyo objetivo es la apertura mutua de los mercados de contratación pública entre sus Partes. Se aplica a todo contrato público cuyo valor alcance o sobrepase los importes («umbrales») fijados en él y expresados como derechos especiales de giro. |
(2) |
Uno de los objetivos de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (4) es permitir a las entidades adjudicadoras y a los poderes adjudicadores que la aplican respetar, al mismo tiempo, las obligaciones del Acuerdo. De conformidad con el artículo 17 de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe verificar cada dos años que los umbrales fijados en el artículo 15, letras a) y b), de dicha Directiva corresponden a los umbrales establecidos en el Acuerdo, y debe revisarlos en caso necesario. |
(3) |
Los umbrales establecidos en la Directiva 2014/25/UE han sido revisados. De conformidad con el artículo 68, apartado 1, de la Directiva 2009/81/CE, los umbrales establecidos en dicha Directiva deben adaptarse a los umbrales revisados establecidos en la Directiva 2014/25/UE. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar la Directiva 2009/81/CE en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El artículo 8 de la Directiva 2009/81/CE se modifica como sigue:
1) |
en la letra a), «443 000 EUR» se sustituye por «428 000 EUR»; |
2) |
en la letra b), «5 548 000 EUR» se sustituye por «5 350 000 EUR». |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2020.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 216 de 20.8.2009, p. 76.
(2) Decisión 2014/115/UE del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, relativa a la celebración del Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre Contratación Pública (DO L 68 de 7.3.2014, p. 1).
(3) DO L 68 de 7.3.2014, p. 2.
(4) Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 243).