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Document 62022CN0411

Asunto C-411/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof (Austria) el 21 de junio de 2022 — Thermalhotel Fontana Hotelbetriebsgesellschaft m.b.H.

DO C 359 de 19.9.2022, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.9.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 359/40


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof (Austria) el 21 de junio de 2022 — Thermalhotel Fontana Hotelbetriebsgesellschaft m.b.H.

(Asunto C-411/22)

(2022/C 359/46)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Thermalhotel Fontana Hotelbetriebsgesellschaft m.b.H.

Autoridad demandada: Bezirkshauptmannschaft Südoststeiermark

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Constituye una prestación de enfermedad, en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 883/2004, (1) una compensación que corresponde a un trabajador por los perjuicios patrimoniales sufridos a causa de la imposibilidad de desarrollar su actividad remunerada durante su aislamiento como persona que ha contraído la COVID-19 o que es sospechosa de haberla contraído o de ser contagiosa, dándose la circunstancia de que dicha compensación debe ser pagada inicialmente por el empresario al trabajador y, a partir del momento del pago, el empresario se subroga en el derecho a la compensación frente a la Administración federal austriaca?

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial:

2)

¿Deben interpretarse el artículo 45 TFUE y el artículo 7 del Reglamento (UE) n.o 492/2011 (2) en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual la concesión a los trabajadores de una compensación por la pérdida de ingresos ocasionada por un aislamiento ordenado por las autoridades sanitarias debido a un resultado positivo en un test de la COVID-19 (dándose la circunstancia de que dicha compensación debe ser pagada inicialmente por el empresario a los trabajadores y, a partir del momento del pago, el empresario se subroga en el correspondiente derecho de reembolso frente a la Administración federal austriaca) está supeditada a que el aislamiento sea ordenado por una autoridad nacional con base en la normativa epidemiológica nacional, de modo que ese tipo de compensación no se abona a los trabajadores que, en condición de trabajadores fronterizos, residen en otro Estado miembro y cuyo aislamiento («cuarentena») es ordenado por la autoridad sanitaria de su Estado de residencia?


(1)  Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO 2004, L 166, p. 1).

(2)  Reglamento (UE) n.o 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión (DO 2011, L 141, p. 1).


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