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Document 62014CB0457

Asunto C-457/14: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 12 de febrero de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale ordinario di Cagliari — Italia) — Proceso penal contra Claudia Concu, Isabella Melis (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento — Cuestiones prejudiciales idénticas — Artículos 49 TFUE y 56 TFUE — Libertad de establecimiento — Libre prestación de servicios — Juegos de azar — Normativa nacional — Reorganización del sistema mediante la equiparación de la fecha de expiración de las concesiones — Nueva licitación — Concesión con una duración inferior a la de las antiguas concesiones — Restricción — Razones imperiosas de interés general — Proporcionalidad)

DO C 127 de 20.4.2015, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 127/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 12 de febrero de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale ordinario di Cagliari — Italia) — Proceso penal contra Claudia Concu, Isabella Melis

(Asunto C-457/14) (1)

((Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento - Cuestiones prejudiciales idénticas - Artículos 49 TFUE y 56 TFUE - Libertad de establecimiento - Libre prestación de servicios - Juegos de azar - Normativa nacional - Reorganización del sistema mediante la equiparación de la fecha de expiración de las concesiones - Nueva licitación - Concesión con una duración inferior a la de las antiguas concesiones - Restricción - Razones imperiosas de interés general - Proporcionalidad))

(2015/C 127/05)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale ordinario di Cagliari

Partes en el proceso penal principal

Claudia Concu, Isabella Melis

Fallo

Los artículos 49 TFUE y 56 TFUE y los principios de igualdad de trato y de efectividad deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que establece la organización de una nueva licitación relativa a concesiones con una duración inferior a las concedidas anteriormente debido a una reorganización del sistema por medio de una equiparación de la fecha de expiración de las concesiones.


(1)  DO C 439, de 8.12.2014.


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