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Document 52008IP0106

El caso del periodista Perwez Kambakhsh
Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2008 , sobre el caso del periodista afgano Perwiz Kambakhsh

DO C 66E de 20.3.2009, p. 71–72 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.3.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 66/71


El caso del periodista Perwez Kambakhsh

P6_TA(2008)0106

Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2008, sobre el caso del periodista afgano Perwiz Kambakhsh

(2009/C 66 E/13)

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre Afganistán,

Vista la Constitución afgana adoptada en 2004,

Vista la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 18 de diciembre de 2007 pidiendo una moratoria mundial del uso de la pena de muerte (A/RES/62/149),

Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos y el Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.

Considerando que el 22 de enero de 2008 un tribunal regional de la provincia de Balkh, en el norte de Afganistán, sentenció a muerte al periodista de 23 años Sayed Perwiz Kambakhsh por difundir un artículo sobre los derechos de las mujeres en el Islam que había descargado de Internet; considerando asimismo que el Tribunal determinó que el artículo constituía «blasfemia» y condenaron a muerte a Sayed Perwiz Kambakhsh,

B.

Considerando que a Sayed Perwiz Kambakhsh se le negó cualquier representación legal y que fue sentenciado sin un verdadero juicio; considerando también que, según parece, se le golpeó y se le amenazó con la ejecución hasta conseguir que firmara una confesión,

C.

Considerando que el 6 de febrero de 2008 una delegación de la Asociación de Periodistas Independientes de Afganistán se reunió con el Presidente afgano Hamid Karzai en Kabul, le proporcionó detalles de este caso y le pidió que interviniera en favor de Sayed Perwiz Kambakhsh,

D.

Considerando que el artículo 34 de la Constitución afgana defiende claramente el derecho a la libertad de expresión, en línea con la Declaración Universal de Derechos Humanos, y declara que «la libertad de expresión será inviolable; todo afgano tendrá el derecho a expresar ideas verbalmente, por escrito, mediante ilustraciones o por cualquier otro medio, de conformidad con las disposiciones de la presente Constitución»,

E.

Considerando que los periodistas en Afganistán, especialmente las mujeres, sufren cada vez más intimidación, amenazas de muerte, secuestros y violencia,

F.

Considerando que la sentencia de muerte contra Sayed Perwiz Kambakhsh se ha producido a pesar de la adopción de la citada Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en la que se pide una moratoria mundial del uso de la pena de muerte, y en un momento en que un total de 135 países han abolido la pena de muerte en la legislación o en la práctica,

1.

Reitera su oposición incondicional a la pena de muerte y su compromiso de respeto al Estado de Derecho;

2.

Condena la detención de Sayed Perwiz Kambakhsh y la decisión del Tribunal de primera instancia de la provincia de Balkh de condenarlo a muerte por cargos de blasfemia; pide la liberación de Sayed Perwiz Kambakhsh;

3.

Pide con urgencia a las autoridades afganas que muestren su compromiso con los derechos humanos y democráticos haciendo cuanto esté en su poder para evitar esta ejecución y lograr una revisión del caso; pide al Presidente Hamid Karzai que, en caso de que el Tribunal de Apelación confirmase la sentencia de muerte, ejerza su poder para indultar a Sayed Perwiz Kambakhsh;

4.

Recuerda las garantías de seguridad concernientes a Sayed Perwiz Kambakhsh que el Presidente Hamid Karzai dio a una delegación de la Asociación de Periodistas Independientes de Afganistán el 6 de febrero de 2008;

5.

Expresa su solidaridad con todos aquellos que luchan por un periodismo independiente en Afganistán;

6.

Pide al Presidente y al Parlamento de Afganistán que tomen las medidas adecuadas para acelerar el desarrollo de un sistema judicial y penal operativo basado en las normas y las mejores prácticas internacionales; acoge con satisfacción el anuncio hecho por el Comisario de Relaciones Exteriores de la UE en la Conferencia de Roma sobre «El Estado de Derecho en Afganistán», en julio de 2007, de un apoyo financiero inmediato para ayudar a Afganistán a fortalecer el Estado de Derecho y reformar su sistema judicial;

7.

Pide al Gobierno afgano que respete plenamente la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y que vela por que se respete plenamente y se garantice la libertad de expresión para todos los ciudadanos de Afganistán;

8.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y Parlamento de la República Islámica de Afganistán.


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