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Document 52008XC0531(04)
Update of the list of residence permits referred to in Article 2(15) of Regulation (EC) No 562/2006 of the European Parliament and of the Council establishing a Community Code on the rules governing the movement of persons across borders (Schengen Borders Code) ( OJ C 247, 13.10.2006, p. 1 , OJ C 153, 6.7.2007, p. 5 , OJ C 192, 18.8.2007, p. 11 , OJ C 271, 14.11.2007, p. 14 , OJ C 57, 1.3.2008, p. 31 )
Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) n o 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) ( DO C 247 de 13.10.2006, p. 1 , DO C 153 de 6.7.2007, p. 5 , DO C 192 de 18.8.2007, p. 11 , DO C 271 de 14.11.2007, p. 14 , DO C 57 de 1.3.2008, p. 31 )
Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) n o 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) ( DO C 247 de 13.10.2006, p. 1 , DO C 153 de 6.7.2007, p. 5 , DO C 192 de 18.8.2007, p. 11 , DO C 271 de 14.11.2007, p. 14 , DO C 57 de 1.3.2008, p. 31 )
DO C 134 de 31.5.2008, p. 14–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
31.5.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 134/14 |
Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO C 247 de 13.10.2006, p. 1, DO C 153 de 6.7.2007, p. 5, DO C 192 de 18.8.2007, p. 11, DO C 271 de 14.11.2007, p. 14, DO C 57 de 1.3.2008, p. 31)
(2008/C 134/06)
La publicación de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) se basa en la información comunicada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 34 del Código de fronteras Schengen.
Además de la publicación en el Diario Oficial, una actualización mensual está disponible en el sitio Internet de la Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad
ESTONIA
Sustitución de la lista publicada en el DO C 271 de 14.11.2007, p. 14
Documentos que conceden el derecho de residencia:
1) |
documento de identidad; |
2) |
etiqueta adhesiva de permiso de residencia (fijada al documento de viaje expedido por Estonia u otro país). |
1) |
El documento de identidad expedido a un nacional de un tercer país podrá contener las siguientes observaciones:
El documento de identidad no será válido como documento de viaje para cruzar una frontera estatal. A efectos de viaje, habrá que presentar el documento de identidad junto con un pasaporte válido. |
2) |
La etiqueta para el permiso de residencia podrá contener las siguientes observaciones:
Los permisos de residencia podrán ser:
Todas las observaciones, excepto las relativas al permiso de residencia permanente, se suministrarán en lengua inglesa. |
3. |
Documentos diplomáticos y documentos de servicio expedidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores:
|